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Sánchez garantiza que se cumplirá el plan de vacunación con o sin AstraZeneka

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Dakar, 9 abr (EFE).- El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, garantiza que el plan de vacunación contra el coronavirus previsto en España se cumplirá tanto contando con las dosis de AstraZeneka como sin ellas y, por tanto, a finales de septiembre podrá ya estar inmunizada la práctica totalidad de la población.

Sánchez ha ratificado las previsiones del Gobierno para el proceso de vacunación en una conversación informal con los periodistas que cubren la gira que está realizando por África y que concluye este viernes en Senegal.

Las decisiones que se están sucediendo en torno a la inoculación de la vacuna de AstraZeneka y que han llevado ahora al Ministerio de Sanidad y a las comunidades a permitir sólo su uso en personas de entre 60 y 69 años, no van alterar los planes del Ejecutivo, según Sánchez.

A la espera de las medidas que se puedan adoptar en el futuro sobre esta vacuna, el presidente del Gobierno considera que, aunque hubiera que prescindir totalmente de ella, eso no influiría en el cumplimiento de los plazos previstos.

De acuerdo con sus cifras, si se cuenta con AstraZeneka, España tendría 87 millones de dosis de vacunas desde abril hasta septiembre, y sin ella serían 78 millones.

Una diferencia de nueve millones que no impediría que la mayoría de la población hubiera recibido ya la pauta completa (de una o dos dosis según la vacuna de que se trate) a finales de septiembre.

Por ello, Sánchez ve posibilidades de mejorar incluso la previsión que ratificó el pasado martes en su comparecencia tras la reunión del Consejo de Ministros de que a finales de agosto estarían vacunados el 70 por ciento de los ciudadanos.

«El calendario que di es el más conservador», asegura el jefe del Ejecutivo.

Además, recalca que si no se hubiera podido vacunar con AstraZeneka en el primer o el segundo trimestre del año, sí habría afectado a los planes previstos, pero ya no ahora cuando se usan también las de Pfizer y Moderna y se está a la espera de otras como las de Jansen (que estará disponible a partir de mediados de este mes) y la de CureVac.

Respecto a los problemas que está habiendo con la vacuna de AstraZeneka, remite a las decisiones de la Agencia Europea del Medicamento y recalca que hay que analizar riesgos y beneficios.

Sánchez reitera asimismo que el Gobierno trabaja con la intención de que, a partir del 9 de mayo, ya no haya estado de alarma porque el proceso de vacunación se acelera y ya no es necesario el mismo nivel de restricciones.

Pero aunque ese es el escenario previsto, defiende esperar a conocer la evolución de los datos y los posibles efectos en ellos que puede haber tenido la Semana Santa.

Recuerda que hay territorios con una incidencia mayor, como Madrid, donde el número de camas covid en los hospitales dobla la media, y afirma que el problema de esta comunidad es que no registra todos los contagios.

Ante la posibilidad de que algunos territorios soliciten seguir manteniendo restricciones una vez que concluya el estado de alarma, emplaza a esperar la evolución de los acontecimientos.

Pero sí hace hincapié en que es muy difícil convertir algo extraordinario en ordinario.

Sánchez destaca también la rendición de cuentas que ha ido dando el Gobierno en todo momento durante los estados de alarma y recuerda que el próximo 14 de abril volverá a comparecer en el Congreso.

Frente a ello, señala que le gustaría saber cuántos presidentes autonómicos han comparecido en sus respectivos parlamentos para dar cuenta de la cogobernanza durante la pandemia.

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Así es la nueva Ley para Influencers: todo lo que cambia y a quién afecta

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Ley para Influencers
Marta Lozano-INSTAGRAM

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto que establece las pautas para la regulación de los ‘influencers’, definiendo criterios específicos para considerar a una persona como tal. Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de facturar al menos 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (‘influencers’) basándose en tres criterios clave. Además del aspecto económico, se considera relevante la audiencia, con un requisito de al menos un millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en su actividad global. También se establece un requisito de actividad, que incluye la publicación o compartición de al menos 24 vídeos al año.

Ley para Influencers

Los ‘influencers’ que cumplan con estos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia en un plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor del decreto.

Una vez inscritos, estarán sujetos a cumplir con las normativas de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Esto incluye la identificación de espacios publicitarios y la prohibición de publicitar tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se equipararán a las de otros agentes audiovisuales.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, destacó la importancia de homologar a estos creadores de contenido con otros actores del ámbito audiovisual, especialmente en lo relacionado con la protección de menores y la transparencia en la publicidad.

Se establece también la obligación de identificar claramente la publicidad y etiquetar el contenido según las edades a las que va dirigido. Los ‘influencers’ deberán acordar un código de conducta al respecto con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En cuanto a la publicidad, se prohíbe la promoción de tabaco, alcohol o medicamentos, así como cualquier contenido que pueda causar perjuicio psicológico o físico a menores.

Esta regulación busca garantizar una mayor protección a los consumidores y ofrecer seguridad jurídica a los ‘influencers’, que han adquirido una relevancia económica notable en las plataformas de intercambio de vídeos donde difunden sus contenidos.

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