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Una grabación ilícita anula la condena a Soler por conspiración de secuestro a Soriano

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juan soler

València, 24 nov (EFE).- El Tribunal Supremo ha anulado la condena al expresidente del Valencia Juan Soler por la conspiración para el secuestro del también expresidente Vicente Soriano por considerar que se hizo en base a una grabación clandestina de otro de los acusados que considera ilícita.

La Audiencia Provincial de Valencia condenó en octubre de 2019 a tres personas, entre ellas a Juan Soler, a dos años de prisión por diseñar un plan entre 2013 y 2014 para secuestrar y robar a Soriano.

El tribunal consideró a todos ellos responsables de un delito de conspiración para el secuestro y de un delito de conspiración para perpetrar un robo con violencia en casa habitada, que finalmente no se produjeron.

Ahora, la Sala II del Tribunal Supremo anula las condenas impuestas por la Audiencia Provincial de Valencia a Soler y a otros tras personas porque considera ilícita la prueba constituida por la grabación de una reunión de los acusados para planear el delito al estar hecha sin autorización judicial.

El auto destaca que la ilicitud de la grabación conduce a declarar vulnerado el derecho a no confesarse culpable y, con él, el derecho a la presunción de inocencia, por ello estima el recurso de tres de los acusados y les absuelve de las condenas impuestas, lo que se amplía además al cuarto condenado que no recurrió.

El Supremo indica que no existen pruebas desconectadas de la grabación clandestina, que estuvo en el origen de la presente causa, por lo que procede la absolución.

La sentencia parte del hecho “incontrovertible” de que el dispositivo utilizado para obtener la grabación le fue entregado por los propios agentes del Grupo de Atracos de la Jefatura Superior de Policía de València que querían obtener pruebas más fundadas en un contexto que prescindía de cualquier conocimiento y autorización por la autoridad judicial.

El Supremo aplica la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de su propia Sala II e indica que lo verdaderamente definitivo para la validez o nulidad probatoria de la grabación será siempre la idea “de que la ilicitud probatoria se asocia a la ventaja que obtienen los investigadores cuando eluden los límites impuestos por nuestro sistema constitucional”.

El auto afea que se valieron de un instrumento que les permite eludir la judicialización de las diligencias para obtener un testimonio de tan alto poder incriminatorio que se grabó aprovechando “la espontaneidad de quien conversa con su interlocutor sin saber que sus palabras van a servir para fundamentar su propia condena”.

“Aceptar sin reservas una declaración obtenida en esos términos supone abrir una inédita y peligrosa vía que permitiría a la investigación penal esquivar los perturbadores límites que imponen las garantías de nuestro sistema constitucional”, explica la sentencia.

«En definitiva, la judicialización de una investigación criminal no debería ser nunca contemplada como una rémora para la agilidad en el desarrollo de las investigaciones. La intervención del Juez de instrucción confiere a los agentes la seguridad que proporciona el trabajo de quien asume la salvaguarda de los derechos fundamentales del ciudadano investigado”, señala la sentencia, de la que ha sido ponente Manuel Marchena.

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Sorteo Copa del Rey 2025‑2026: Octavos de final y emparejamientos oficiales

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La Copa del Rey 2025‑2026 continúa su camino hacia los cuartos de final y hoy, 7 de enero de 2026, se han sorteado los octavos de final en la Ciudad del Fútbol de Las Rozas (Madrid). Los 16 equipos clasificados ya conocen a sus rivales y los enfrentamientos se jugarán a partido único del 13 al 15 de enero, justo después de la final de la Supercopa de España, prevista el 11 de enero.

A continuación, te contamos todos los detalles sobre los cruces, horarios y novedades del sorteo.


⚽ Equipos clasificados para octavos de final

Los 16 equipos que disputarán los octavos de final se dividen en tres bombos:

  • Bombo A – Supercopa de España: Barcelona, Real Madrid, Atlético de Madrid, Athletic Club.

  • Bombo B – Primera División: Valencia, Real Sociedad, Betis, Osasuna, Elche, Alavés, Rayo Vallecano.

  • Bombo C – Segunda División: Deportivo de La Coruña, Cultural Leonesa, Burgos, Racing de Santander, Albacete.

Por primera vez en esta ronda, los equipos de la Supercopa solo pueden enfrentarse a rivales de menor categoría, descartando enfrentamientos directos entre ellos, como Clásicos o derbis madrileños.


🆕 Novedades del sorteo de octavos

  1. VAR por primera vez: Los octavos contarán con videoarbitraje, que no estuvo presente en rondas anteriores.

  2. Partido único: Todas las eliminatorias se jugarán en el campo del equipo de menor categoría.

  3. Formato especial para Supercopa: Los cuatro equipos del torneo estarán en un bombo exclusivo, evitando enfrentamientos directos entre ellos.


📅 Fechas y horarios de los octavos de final

Los octavos de final se jugarán en partido único en las siguientes fechas:

  • 13 de enero de 2026

  • 14 de enero de 2026

  • 15 de enero de 2026

Los horarios exactos de cada encuentro se confirmarán una vez se fijen los partidos por la RFEF.

¡ASÍ QUEDA EL SORTEO DE OCTAVOS DE COPA!

  • Deportivo de la Coruña – Atlético de Madrid
  • Racing de Santander – Barcelona
  • Cultural Leonesa – Athletic Club
  • Albacete – Real Madrid
  • Burgos – Valencia
  • Real Betis – Elche
  • Real Sociedad – Osasuna
  • Alavés – Rayo Vallecano

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