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Una grabación ilícita anula la condena a Soler por conspiración de secuestro a Soriano

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València, 24 nov (EFE).- El Tribunal Supremo ha anulado la condena al expresidente del Valencia Juan Soler por la conspiración para el secuestro del también expresidente Vicente Soriano por considerar que se hizo en base a una grabación clandestina de otro de los acusados que considera ilícita.

La Audiencia Provincial de Valencia condenó en octubre de 2019 a tres personas, entre ellas a Juan Soler, a dos años de prisión por diseñar un plan entre 2013 y 2014 para secuestrar y robar a Soriano.

El tribunal consideró a todos ellos responsables de un delito de conspiración para el secuestro y de un delito de conspiración para perpetrar un robo con violencia en casa habitada, que finalmente no se produjeron.

Ahora, la Sala II del Tribunal Supremo anula las condenas impuestas por la Audiencia Provincial de Valencia a Soler y a otros tras personas porque considera ilícita la prueba constituida por la grabación de una reunión de los acusados para planear el delito al estar hecha sin autorización judicial.

El auto destaca que la ilicitud de la grabación conduce a declarar vulnerado el derecho a no confesarse culpable y, con él, el derecho a la presunción de inocencia, por ello estima el recurso de tres de los acusados y les absuelve de las condenas impuestas, lo que se amplía además al cuarto condenado que no recurrió.

El Supremo indica que no existen pruebas desconectadas de la grabación clandestina, que estuvo en el origen de la presente causa, por lo que procede la absolución.

La sentencia parte del hecho “incontrovertible” de que el dispositivo utilizado para obtener la grabación le fue entregado por los propios agentes del Grupo de Atracos de la Jefatura Superior de Policía de València que querían obtener pruebas más fundadas en un contexto que prescindía de cualquier conocimiento y autorización por la autoridad judicial.

El Supremo aplica la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de su propia Sala II e indica que lo verdaderamente definitivo para la validez o nulidad probatoria de la grabación será siempre la idea “de que la ilicitud probatoria se asocia a la ventaja que obtienen los investigadores cuando eluden los límites impuestos por nuestro sistema constitucional”.

El auto afea que se valieron de un instrumento que les permite eludir la judicialización de las diligencias para obtener un testimonio de tan alto poder incriminatorio que se grabó aprovechando “la espontaneidad de quien conversa con su interlocutor sin saber que sus palabras van a servir para fundamentar su propia condena”.

“Aceptar sin reservas una declaración obtenida en esos términos supone abrir una inédita y peligrosa vía que permitiría a la investigación penal esquivar los perturbadores límites que imponen las garantías de nuestro sistema constitucional”, explica la sentencia.

«En definitiva, la judicialización de una investigación criminal no debería ser nunca contemplada como una rémora para la agilidad en el desarrollo de las investigaciones. La intervención del Juez de instrucción confiere a los agentes la seguridad que proporciona el trabajo de quien asume la salvaguarda de los derechos fundamentales del ciudadano investigado”, señala la sentencia, de la que ha sido ponente Manuel Marchena.

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El Burgos CF denuncia al Valencia por alineación indebida de Umar Sadiq en la Copa del Rey

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Valencia alineación indebida
El delantero nigeriano Umar Sadiq celebra un gol. EFE/Manuel Bruque/ARCHIVO

El Burgos CF ha presentado una denuncia formal contra el Valencia CF ante el Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol por una presunta alineación indebida del delantero Umar Sadiq en el partido de octavos de final de la Copa del Rey.

El encuentro, disputado en El Plantío, terminó con victoria valencianista por 0-2, con el segundo y definitivo gol anotado precisamente por el atacante nigeriano, recientemente incorporado al conjunto de Mestalla.

El argumento del Burgos: participación previa con la Real Sociedad

La entidad burgalesa sostiene que Umar Sadiq ya había disputado partidos de esta misma edición de la Copa del Rey con la Real Sociedad, lo que, según su interpretación del reglamento, le impediría volver a participar en la competición con otro club en la misma temporada.

En la denuncia, adelantada por la Cadena SER, el Burgos CF defiende que el futbolista habría superado el límite permitido de clubes con los que puede disputar partidos oficiales en una misma competición, apoyándose en el artículo 5.5 del Reglamento FIFA sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores. Dicho artículo establece que un jugador no puede participar en partidos oficiales con más de dos clubes durante la misma temporada en el mismo campeonato o copa.

El escrito está firmado por el presidente del club castellano-leonés, Alejandro Ariel Grandinetti, y solicita que se revise la legalidad de la alineación del delantero nigeriano.

La respuesta del Valencia CF: alineación autorizada y conforme al reglamento

Desde el Valencia CF han reaccionado con rapidez y han presentado un documento de alegaciones ante el Juez Único de Competición. El club sostiene que la inscripción de Umar Sadiq se realizó conforme a la normativa vigente y con el visto bueno tanto de LaLiga como de la propia RFEF.

La entidad de Mestalla defiende que no existe una prohibición específica que impida a un futbolista disputar partidos de Copa del Rey con dos clubes distintos en la misma temporada, siempre que se respeten los plazos y procedimientos de inscripción. Además, subraya que la normativa no establece diferencias entre competiciones de Liga y Copa en lo relativo a la elegibilidad de los jugadores.

Un precedente reciente que debilita la reclamación

En el entorno del fútbol español se recuerda un caso muy reciente que podría restar fuerza a la denuncia del Burgos CF. El defensa Javi Galán disputó partidos de la presente edición de la Copa del Rey tanto con el Atlético de Madrid como posteriormente con Osasuna, tras su cambio de club en el mercado de invierno, sin que se produjera ninguna impugnación ni sanción.

Este precedente refuerza la tesis del Valencia CF y apunta a que la reclamación del conjunto burgalés tiene escasas opciones de prosperar.

Pendientes de la decisión antes del sorteo

El conflicto llega en un momento clave, ya que el sorteo de los cuartos de final de la Copa del Rey está previsto para el próximo lunes. La intención de los clubes implicados es que el Comité de Competición se pronuncie antes de esa fecha para evitar incertidumbres en la competición.

A la espera de la resolución oficial, todo apunta a que la victoria del Valencia CF no corre peligro y que la denuncia del Burgos CF quedará archivada, aunque la decisión final dependerá del criterio del órgano disciplinario.

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