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Una grabación ilícita anula la condena a Soler por conspiración de secuestro a Soriano

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València, 24 nov (EFE).- El Tribunal Supremo ha anulado la condena al expresidente del Valencia Juan Soler por la conspiración para el secuestro del también expresidente Vicente Soriano por considerar que se hizo en base a una grabación clandestina de otro de los acusados que considera ilícita.

La Audiencia Provincial de Valencia condenó en octubre de 2019 a tres personas, entre ellas a Juan Soler, a dos años de prisión por diseñar un plan entre 2013 y 2014 para secuestrar y robar a Soriano.

El tribunal consideró a todos ellos responsables de un delito de conspiración para el secuestro y de un delito de conspiración para perpetrar un robo con violencia en casa habitada, que finalmente no se produjeron.

Ahora, la Sala II del Tribunal Supremo anula las condenas impuestas por la Audiencia Provincial de Valencia a Soler y a otros tras personas porque considera ilícita la prueba constituida por la grabación de una reunión de los acusados para planear el delito al estar hecha sin autorización judicial.

El auto destaca que la ilicitud de la grabación conduce a declarar vulnerado el derecho a no confesarse culpable y, con él, el derecho a la presunción de inocencia, por ello estima el recurso de tres de los acusados y les absuelve de las condenas impuestas, lo que se amplía además al cuarto condenado que no recurrió.

El Supremo indica que no existen pruebas desconectadas de la grabación clandestina, que estuvo en el origen de la presente causa, por lo que procede la absolución.

La sentencia parte del hecho “incontrovertible” de que el dispositivo utilizado para obtener la grabación le fue entregado por los propios agentes del Grupo de Atracos de la Jefatura Superior de Policía de València que querían obtener pruebas más fundadas en un contexto que prescindía de cualquier conocimiento y autorización por la autoridad judicial.

El Supremo aplica la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de su propia Sala II e indica que lo verdaderamente definitivo para la validez o nulidad probatoria de la grabación será siempre la idea “de que la ilicitud probatoria se asocia a la ventaja que obtienen los investigadores cuando eluden los límites impuestos por nuestro sistema constitucional”.

El auto afea que se valieron de un instrumento que les permite eludir la judicialización de las diligencias para obtener un testimonio de tan alto poder incriminatorio que se grabó aprovechando “la espontaneidad de quien conversa con su interlocutor sin saber que sus palabras van a servir para fundamentar su propia condena”.

“Aceptar sin reservas una declaración obtenida en esos términos supone abrir una inédita y peligrosa vía que permitiría a la investigación penal esquivar los perturbadores límites que imponen las garantías de nuestro sistema constitucional”, explica la sentencia.

«En definitiva, la judicialización de una investigación criminal no debería ser nunca contemplada como una rémora para la agilidad en el desarrollo de las investigaciones. La intervención del Juez de instrucción confiere a los agentes la seguridad que proporciona el trabajo de quien asume la salvaguarda de los derechos fundamentales del ciudadano investigado”, señala la sentencia, de la que ha sido ponente Manuel Marchena.

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La Fiscalía pide 10 años y medio de cárcel para Rafa Mir por presunta agresión sexual en Bétera

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Rafa Mir últimas noticia

Rafa Mir acusado de una presunta agresión sexual: sigue las últimas noticias desde Official Press

La Fiscalía de Valencia solicita 10 años y medio de prisión para el futbolista Rafa Mir por una presunta agresión sexual a una joven de 21 años ocurrida en 2024 en la localidad valenciana de Bétera.

Según la calificación fiscal, el jugador —que actualmente milita en el Elche CF y anteriormente en el Valencia CF— habría cometido un delito de agresión sexual y otro contra la integridad física.

Los hechos denunciados

De acuerdo con el escrito del Ministerio Público, los hechos se remontan a la noche del 31 de agosto de 2024, cuando el futbolista conoció a la denunciante en una discoteca de València.

Posteriormente ambos se desplazaron al domicilio del jugador en una urbanización de Bétera, donde, según la acusación, se produjo la agresión durante la madrugada del 1 de septiembre de 2024.

La investigación sostiene que los hechos tuvieron lugar en distintas zonas de la vivienda, concretamente en la piscina y en un cuarto de baño.

Medidas adicionales solicitadas por la Fiscalía

Además de la pena de prisión, la Fiscalía solicita para Rafa Mir varias medidas adicionales:

  • Prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima durante 10 años.

  • Inhabilitación para profesiones con contacto con menores durante 18 años.

  • Siete años de libertad vigilada tras cumplir la condena.

Otro acusado en la causa

En el procedimiento también está acusado un amigo del futbolista, identificado como Pablo, para quien la Fiscalía pide tres años de prisión.

Según la acusación, este hombre habría agredido sexualmente a otra joven de 25 años en la misma vivienda, realizando presuntos tocamientos hasta en tres ocasiones en la piscina pese a la negativa de la víctima.

Procesamiento judicial del caso

Ambos fueron procesados en octubre de 2025 por la jueza titular de la Sección Civil y de Instrucción número 8 del Tribunal de Instancia de Llíria.

En el caso de Rafa Mir, el procesamiento se produjo por un delito de agresión sexual con acceso carnal y uso de violencia, según el auto judicial.

La defensa de Rafa Mir mantiene su inocencia

El futbolista fue detenido a principios de septiembre de 2024 por la Guardia Civil tras la denuncia presentada por la víctima.

Después de quedar en libertad, el jugador negó los hechos y pidió que se respetara su presunción de inocencia, argumentando que el proceso judicial serviría para esclarecer lo ocurrido.

Su defensa sostuvo entonces que la imputación “no se sostiene” y confía en que el procedimiento penal determine la verdad de los hechos.

 

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