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Grupos burbuja y distancia de seguridad, las medidas para Infantil y Primaria del próximo curso

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La Conselleria de Educación de la Generalitat Valenciana ha publicado este miércoles en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) las instrucciones para la organización y funcionamiento de los centros de Educación Infantil de segundo ciclo y Primaria para el próximo curso 2020-2021, que están marcadas por la «situación absolutamente extraordinaria derivada de la declaración del estado de alarma como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19».

Entre ellas se refieren a «las medidas de ordenación académica, coordinación docente, elaboración del proyecto educativo y la programación general anual, así como horarios lectivos y otros aspectos didácticos y organizativos en los cuales se deben incluir en todo momento los principios coeducativos de manera transversal».

CAMBIOS:

Entre los cambios más significativos para Educación Infantil se configurarán como grupos de convivencia estable, los llamados ‘burbuja’, con un máximo de 20 alumnos. Si para constituirlos es necesario incrementar el número de unidades autorizadas, los centros establecerán los criterios pedagógicos para la asignación del alumnado a los diferentes grupos, que podrán incluir menores de hasta tres niveles educativos.

Hasta cuarto de Primera también se habilitarán estos grupos ‘burbuja’ con hasta 20 niños y será posible aumentar las unidades. También los centros establecerán los criterios pedagógicos para la asignación del alumnado a los diferentes grupos, que, en este caso podrán incluir estudiantes de hasta dos niveles educativos consecutivos.

Ya en cuanto a quinto y sexto de Primaria, se organizarán de forma que se respete la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros. Los centros utilizarán las aulas y espacios más grandes de que dispongan para ubicarlos y ajustarán el número máximo de alumnado que quepa en cada grupo. Igualmente, podrán configurar grupos de convivencia estable en estos niveles se considere que es la mejor opción. Los centros, en función del número de alumnos y de los espacios disponibles, también podrán organizar los grupos de tercero y cuarto de Educación Primaria con las características descritas para quinto y sexto.

Respecto al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo, necesidades educativas especiales o necesidades de compensación de desigualdades en los diferentes grupos de un mismo curso, se llevará a cabo de manera equilibrada, salvo que para la organización excepcional de los grupos para el curso 2020-2021 se considere la opción de configurar algunos grupos de convivencia estable en que haya un número más grande de alumnado de estas características para facilitar la intervención del personal especializado de apoyo a la inclusión.

Educación señala además que se deberá priorizar, siempre que sea posible, la continuidad de los tutores con sus grupos del curso anterior.

Las instrucciones subrayan que durante el curso 2020-2021, los centros tendrán que extremar las medidas de seguridad «como consecuencia de los posibles escenarios que se puedan producir de acuerdo con la evolución de la situación sanitaria provocada por la Covid-19, medidas que estarán incluidas en sus planes de contingencia».

Asimismo, las familias tendrán que formalizar una declaración responsable, que será elaborada conjuntamente por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública y la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, para garantizar su «compromiso con el cumplimiento de las normas de salud e higiene para el alumnado de acuerdo con los protocolos determinados en sus planes de contingencia».

ACTIVIDADES EXTRAESCOLARES

Por lo que respecta al programa anual de actividades complementarias y extraescolares y servicios complementarios se ajustará a la evolución de la pandemia Covid-19, y se promoverán especialmente las actividades que se desarrollen fuera del centro educativo.

Los centros podrán organizar estas actividades siempre que se garantice la distancia mínima interpersonal, y que, además, se disponga de un registro con la relación del alumnado asistente, de forma que, en el caso de detectar un contagio, se pueda hacer la trazabilidad sobre las personas que se deberían aislar.

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Así es la nueva Ley para Influencers: todo lo que cambia y a quién afecta

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Ley para Influencers
Marta Lozano-INSTAGRAM

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto que establece las pautas para la regulación de los ‘influencers’, definiendo criterios específicos para considerar a una persona como tal. Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de facturar al menos 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (‘influencers’) basándose en tres criterios clave. Además del aspecto económico, se considera relevante la audiencia, con un requisito de al menos un millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en su actividad global. También se establece un requisito de actividad, que incluye la publicación o compartición de al menos 24 vídeos al año.

Ley para Influencers

Los ‘influencers’ que cumplan con estos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia en un plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor del decreto.

Una vez inscritos, estarán sujetos a cumplir con las normativas de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Esto incluye la identificación de espacios publicitarios y la prohibición de publicitar tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se equipararán a las de otros agentes audiovisuales.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, destacó la importancia de homologar a estos creadores de contenido con otros actores del ámbito audiovisual, especialmente en lo relacionado con la protección de menores y la transparencia en la publicidad.

Se establece también la obligación de identificar claramente la publicidad y etiquetar el contenido según las edades a las que va dirigido. Los ‘influencers’ deberán acordar un código de conducta al respecto con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En cuanto a la publicidad, se prohíbe la promoción de tabaco, alcohol o medicamentos, así como cualquier contenido que pueda causar perjuicio psicológico o físico a menores.

Esta regulación busca garantizar una mayor protección a los consumidores y ofrecer seguridad jurídica a los ‘influencers’, que han adquirido una relevancia económica notable en las plataformas de intercambio de vídeos donde difunden sus contenidos.

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