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Voto en blanco, voto nulo y abstención: ¿A quién favorece cada uno?

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voto en blanco y voto nulo

Voto en blanco, voto nulo y abstención: estas son tres opciones para aquellas personas que opten por no dar su apoyo a ninguna de las fuerzas políticas que se presentan a las elecciones generales del 23J. Pero, ¿cuáles son las diferencias y a quién beneficia cada una de ellas?

Voto en blanco y voto nulo

El voto nulo se produce cuando no se usan papeletas oficiales, se meten dos de candidaturas distintas o se incluyen en el sobre otros objetos. La acción se considera un acto de protesta. De este modo, ese voto no se da por válido y sale del recuento oficial.

El voto en blanco se produce cuando dentro del sobre no hay nada. El significado de esta acción está relacionado con una persona con interés por la política pero sin ningún partido que realmente le convenza para darle su apoyo. En este caso, los votos en blanco sí se suman al recuento oficial. De manera que teniendo en cuenta que es necesario un mínimo del 5% de las papeletas para obtener representación tanto en la Asamblea como en los ayuntamientos, los votos en blanco pueden perjudicar a las formaciones más pequeñas. Un ejemplo práctico de un ayuntamiento menor: se recogen 1.000 votos a candidaturas, 200 en blanco y 50 nulos. Oficialmente para el recuento serían 1.200 votos válidos. Aplicando ese 5%, harían falta 60 papeletas para lograr un concejal, sin los votos en blanco, solo 50.

Abstención

Y en cuanto a la abstención, al no haber voto, al igual que con el nulo, no se suma. La abstención no beneficia a nadie.

El sufragio universal, que está reflejado en el artículo 23 de la Constitución, es uno de los derechos que tenemos como ciudadanos, y dentro de este derecho está también el derecho a no ir a votar. La abstención se contabiliza, ya que sabemos tanto el total del censo electoral como la cantidad de gente que finalmente vota, y basta con restar a una cifra la otra.

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El hijo de Conde-Pumpido detenido nuevamente por presunta agresión a su ex pareja.

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Cándido Conde Pumpido hijo
Cándido Conde Pumpido-FACEBOOK

El abogado Cándido Conde-Pumpido Varela, hijo del presidente del Tribunal Constitucional, fue arrestado por la Guardia Civil en Madrid el viernes pasado, acusado de agredir a su ex pareja, Bibiana, una mujer brasileña con quien tuvo una relación de tres años.

Según los informes, la mujer denunció que Conde-Pumpido la amenazó mientras viajaban en un automóvil por la A-6, incluso llegando a simular estrangularla con el cable del cargador del coche. Asustada, la mujer se bajó del vehículo y llamó al 112 para pedir ayuda, mientras que él la dejó en la carretera y se marchó.

La detención se produjo después de que la mujer presentara una denuncia en el cuartel de Villalba.

Conde-Pumpido Jr. es conocido por su reputación como abogado, con su propio despacho en Madrid y Málaga, y ha representado a clientes famosos como Rafael Amargo.

Esta no es la primera vez que se ve envuelto en controversias legales. A principios de este año, la Justicia cerró una investigación en su contra por una presunta agresión sexual. Además, en 2019 fue objeto de titulares por su implicación en el caso Bandenia, relacionado con un banco pantalla utilizado para ocultar capitales al fisco. Aunque fue procesado, su causa fue archivada por falta de pruebas.

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