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Archivan la causa del circuito de F1 en la que estaba procesado Camps

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La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Valencia ha decidido archivar la causa en la que estaba procesado el expresidente de la Generalitat Francisco Camps por las presuntas irregularidades durante el proceso de construcción del circuito urbano de F1 en València, tal y como había solicitado la Fiscalía Anticorrupción y en contra del criterio de la jueza instructora del caso, al entender que no se ha concretado la cantidad en la que pudo resultar «perjudicado» el erario público.

En un auto de este pasado lunes, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) y contra el que no cabe recurso, la Audiencia Provincial de Valencia sigue la línea de Anticorrupción y ve prescrito, en caso de que lo hubiera, el posible delito de prevaricación, dado que los contratos investigados son del año 2007 y las diligencias se incoaron en enero de 2018, más de diez años después. De manera que, según la Sala, el 27 de septiembre de 2017 ya se encontraría prescrito.

Dicho delito, continúa la resolución, únicamente sería perseguible todavía en virtud de su conexidad con una malversación de caudales públicos agravada, algo que, al no acreditarse un «perjuicio económico directo» para la Generalitat Valenciana, «no ha sido posible constatar de forma fehaciente».

Este supuesto «perjuicio económico» para la Generalitat tampoco ha podido ser «evaluable económicamente» tras el análisis de los expedientes objeto de investigación en el informe elaborado por la Intervención de la Generalitat, razón por la cual la resolución recoge que «no cabe admitir la prosecución de un procedimiento al que ningún futuro razonable cabe augurar».

«No basta para alcanzar diferente conclusión el coste elevado del circuito de Fórmula 1, cosa previsible pese a las manifestaciones del señor Camps en el sentido de que el coste del mismo sería ‘cero’, puesto que, hablando en términos jurídicos, «es preciso para poder perfilar un delito de malversación conocer, siquiera de forma aproximada, la cantidad en la que se hubiera perjudicado al erario público».

Así, ante la conclusión de la Intervención General de la Generalitat «y sin que sea posible la práctica de más diligencias de investigación, dada la ausencia de declaración de complejidad, claro es que, de forma fatal, procede decretar el sobreseimiento provisional de la causa» tal y como pedía el Ministerio Fiscal.

 

JUEZA, FISCALÍA Y ABOGACÍA DE LA GENERALITAT

Por este motivo, revoca las resoluciones de la jueza en las que procesaba a Camps y a otros ex altos cargos como el que fuera su vicepresidente Vicente Rambla; el exconseller de Infraestructuras Mario Flores, responsables del Ente Gestor de la Red de Transporte y Puertos de la Generalitat (GTP) y empresarios, por la construcción del circuito urbano de la Fórmula 1 en València, una actuación que, de acuerdo con la instructora, supuso un coste cercano a los 89 millones de euros entre 2007 y 2008.

La magistrada sostenía que Camps «capitaneó» al resto de procesados para obtener un «rédito político y personal» como «máxime artífice» de un evento de interés mundial.

Por contra, Fiscalía Anticorrupción solicitó el sobreseimiento de este procedimiento al considerar que la posible prevaricación en la que basaba su acusación, en caso de ser constitutiva de delito, estaría prescrita y que el informe emitido por la Intervención de la Generalitat sostiene que «no se ha especificado por el juzgado motivo o hecho causante del posible perjuicio económico para la Generalitat» en estas adjudicaciones.

Este órgano de control había señalado que no disponía de «criterio técnico» para valorar que los importes de los presupuestos base de licitación y los precios de contratos analizados fueran «adecuados al mercado en el momento en que se licitaron».

Por su parte, la Abogacía de la Generalitat pedía en su escrito de acusación la apertura de juicio oral contra el exjefe del Consell y 13 procesados más. En el caso de Camps, reclamaba casi ocho años de prisión por malversación y tráfico de influencias.

 

TRABAJO DE TYSPA EN TURQUÍA

En la resolución, la Sala acuerda el archivo «sin perjuicio de la deducción de testimonio de particulares» en los términos que expuso en una parte de su escrito el Ministerio Fiscal. En este apartado, el representante de la acusación pública sostenía que uno de los hechos objeto de investigación había quedado sin respuesta penal al no haber recibido un informe solicitado a la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF) en relación con el trabajo de una de las empresas en Turquía y que consideraba que podían ser indiciariamente constitutivos de un delito de fraude de subvenciones a la UE.

Fiscalía entendía que estos hechos excedían de la competencia objetiva del juzgado de València para la investigación, por lo que consideraba que se debía remitir copia de la denuncia y de los documentos al Juzgado Central de Instrucción Decano para su investigación.

 

Fuente: Europa Press

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Cambios en el sistema de pensiones en España: qué debes saber si te jubilas a partir de 2026

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Forbes elige Valencia jubilación

El sistema público de pensiones en España sigue adaptándose a los retos del envejecimiento poblacional y la sostenibilidad financiera. Los trabajadores que planeen su jubilación a partir del 1 de enero de 2026 deben tener en cuenta que entran en vigor varios ajustes clave en la edad de retiro, los requisitos de cotización y el cálculo de la pensión.

Estos cambios forman parte de la reforma de las pensiones aprobada en la Ley 27/2011 y ratificada posteriormente por el Real Decreto-ley 2/2023.


Edad legal de jubilación en 2026

Desde 2026, la edad de jubilación en España se estructura en un sistema dual en función de los años cotizados:

  • 65 años → para quienes acrediten al menos 38 años y 3 meses de cotización.

  • 66 años y 10 meses → para quienes no lleguen a esa cifra mínima.

Este cambio supone un incremento respecto a 2025, cuando la jubilación estaba fijada en 66 años y 8 meses para los trabajadores sin cotización suficiente.

El calendario progresivo culminará en 2027, cuando la edad legal de jubilación será de 67 años, salvo para quienes tengan carreras de cotización largas que les permitan retirarse antes.


Requisito mínimo de cotización para cobrar la pensión

Para acceder a una pensión contributiva de jubilación, se requiere:

  • Haber cotizado al menos 15 años.

  • Que dos de esos años estén dentro de los 15 previos a la jubilación.

🔹 Si no se cumple este mínimo, la persona no pierde del todo el derecho a prestaciones, pero no podrá acceder a una pensión contributiva. En su lugar, puede solicitar el subsidio para mayores de 65 años, siempre que cumpla los requisitos de residencia y nivel de renta.


Nuevo sistema de cálculo de la pensión desde 2026

Uno de los cambios más destacados es la introducción de un sistema dual de cómputo de la base reguladora, que se aplicará de forma progresiva:

  • Opción 1: se mantiene la fórmula actual → últimos 25 años cotizados.

  • Opción 2: se podrán elegir los mejores 27 años dentro de un periodo de 29, descartando los dos peores.

La Seguridad Social aplicará automáticamente el cálculo más favorable para el trabajador, lo que beneficia especialmente a quienes hayan tenido periodos de desempleo o salarios bajos en los últimos años.


Impacto para trabajadores y empresas

  • Para los trabajadores, se recomienda revisar con antelación la vida laboral y las bases de cotización, usando los simuladores de pensión de la Seguridad Social.

  • Para las empresas y autónomos societarios, será clave llevar un control exhaustivo de cotizaciones, ya que lagunas laborales pueden reducir la futura pensión.


Por qué se aplican estos cambios

El objetivo de esta reforma es garantizar la viabilidad del sistema de pensiones en un contexto de envejecimiento demográfico. Según el INE, en 2050 casi un 30% de la población española tendrá edad de jubilación, mientras que Eurostat sitúa la esperanza de vida en más de 83 años, una de las más altas de Europa.

Con estas medidas, la Seguridad Social busca equilibrar la solidaridad entre generaciones y asegurar que los futuros jubilados cuenten con pensiones dignas y sostenibles.

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