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Zaplana recurre la prisión al considerarla «desproporcionada» y niega riesgo de destrucción de pruebas

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VALÈNCIA, 25 May. (EUROPA PRESS) –

La defensa del exministro y ‘expresident’ Eduardo Zaplana ha recurrido el auto de prisión del Juzgado de Instrucción número 8 de València tras su detención en la operación Erial al considerar la medida «innecesaria y desproporcionada» y que no existe «ningún riesgo objetivo de destrucción de pruebas».

También rechaza el riesgo de fuga tanto por el «arraigo personal y familiar» del exdirigente ‘popular’ como por la «grave enfermedad» que padece desde hace años, según han informado fuentes conocedoras a Europa Press.

Los abogados entienden que «tras tres años de instrucción judicial en secreto y con la única intervención de la UCO –Unidad Central Operativa de la Guardia Civil– y la Fiscalía Anticorrupción, no existe ningún riesgo objetivo de destrucción de pruebas, máxime cuando se ha procedido a realizar entradas y registros en los domicilios y oficinas, llevándose móviles, dispositivos informáticos, portátiles e ingente documentación».

Así mismo, rechazan que haya riesgo de fuga, «debido al arraigo personal y familiar y, sobre todo, a su grave enfermedad, que requiere cuidados continuos y periódicos».

Estas razones llevan a los abogados a considerar la prisión provisional y sin fianza «desproporcionada y lesiva a los derechos del ser humano, de quien no es un condenado».

«La prisión provisional no puede suponer un anticipo de una hipotética pena», subrayan, y añaden que «en el peor de los casos es factible porque lo prevé la ley, que tal privación provisional de libertad pueda ser el arresto domiciliario, en casa de una hija suya, cerca del hospital, donde vivía».

Eduardo Zaplana ha ingresado en la prisión de Picassent (Valencia) tras acordar la titular del Juzgado de Instrucción número 8 de València su encarcelación provisional, comunicada y sin fianza en el marco de Erial.

En esta operación, la Fiscalía Anticorrupción y la Guardia Civil rastrean el cobro de unos diez millones de euros en comisiones ilegales recibidas por la adjudicación de contratos públicos relativos a la concesión de las ITV y el plan eólico, durante la etapa de Zaplana al frente de la Generalitat Valenciana.

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Así es la nueva Ley para Influencers: todo lo que cambia y a quién afecta

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Ley para Influencers
Marta Lozano-INSTAGRAM

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto que establece las pautas para la regulación de los ‘influencers’, definiendo criterios específicos para considerar a una persona como tal. Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de facturar al menos 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (‘influencers’) basándose en tres criterios clave. Además del aspecto económico, se considera relevante la audiencia, con un requisito de al menos un millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en su actividad global. También se establece un requisito de actividad, que incluye la publicación o compartición de al menos 24 vídeos al año.

Ley para Influencers

Los ‘influencers’ que cumplan con estos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia en un plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor del decreto.

Una vez inscritos, estarán sujetos a cumplir con las normativas de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Esto incluye la identificación de espacios publicitarios y la prohibición de publicitar tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se equipararán a las de otros agentes audiovisuales.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, destacó la importancia de homologar a estos creadores de contenido con otros actores del ámbito audiovisual, especialmente en lo relacionado con la protección de menores y la transparencia en la publicidad.

Se establece también la obligación de identificar claramente la publicidad y etiquetar el contenido según las edades a las que va dirigido. Los ‘influencers’ deberán acordar un código de conducta al respecto con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En cuanto a la publicidad, se prohíbe la promoción de tabaco, alcohol o medicamentos, así como cualquier contenido que pueda causar perjuicio psicológico o físico a menores.

Esta regulación busca garantizar una mayor protección a los consumidores y ofrecer seguridad jurídica a los ‘influencers’, que han adquirido una relevancia económica notable en las plataformas de intercambio de vídeos donde difunden sus contenidos.

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