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El ‘carsharing’ llega a València

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València, dic. 2019 – València se sumerge en un nuevo proyecto de movilidad. La Concejalía de Espacio Público del Ayuntamiento de València ha aprobado conceder autorización demanial a la firma CarGreen Movilidad Sostenible SL para el desarrollo de un proyecto de arrendamiento de vehículo sin persona conductora y sin base fija. El objetivo es el desarrollo de un proyecto piloto de carsharing (vehículo compartido) y estacionamiento de los vehículos en las vías urbanas.

La resolución señala específicamente la obligación del servicio de sujetarse a las condiciones establecidas en la normativa estatal y autonómica, así como las ordenanzas municipales. Entre los requisitos exigidos, ha explicado la concejala Lucía Beamud, «la empresa podrá disponer de un máximo de 100 vehículos, que deberán ser 100% eléctricos, y que podrán estacionar en cualquier zona habilitada para estacionamiento libre en la ciudad», de acuerdo con las condiciones de la Ordenanza de Movilidad y demás normativa vigente en materia de tráfico.

En cuanto a las plazas de estacionamiento regulado, la actividad estará sujeta a lo que establezca la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por estacionamiento de vehículos en la vía pública, pero en ningún caso podrán estacionar en las futuras zonas de estacionamiento clasificadas como “zona verde” (estacionamiento exclusivo para residentes).

El Ayuntamiento exige a la empresa una serie requisitos para otorgar esta autorización, como que los vehículos cuenten con un sistema de geolocalización (para el control y gestión de la flota de vehículos): «la empresa estará obligada a reubicar correctamente los vehículos que estén incumpliendo obligaciones de estacionamiento en la vía pública, en un plazo de 24 horas. De hecho, será responsabilidad dicha empresa detectar los vehículos averiados y retirarlos de la vía pública antes de que transcurran las 24 horas citadas desde la notificación o detección de la avería», ha señalado Beamud.

Se ha establecido un ámbito de prestación del servicio que abarca todo el término municipal, pobles de València incluidos. Y, además, la empresa deberá facilitar al Ayuntamiento un informe semanal que incluya: el listado de vehículos que operan (con detalle del modelo, NIVE (número de identificación del vehículo) y matrícula); fecha, hora de inicio y hora de fin de cada estacionamiento; calle y nº de Policía de cada estacionamiento; así como el distrito al que pertenece dicha calle.

Además, el Ayuntamiento tendrá acceso a datos como la monitorización en tiempo real sobre un GIS (Sistema de Información Geográfica) de la ubicación de cada uno de los vehículos en servicio, mapa de calor sobre un GIS, que permita conocer las ubicaciones de cada estacionamiento realizado, fecha, horas de inicio y fin, y duración con datos diarios, semanales y mensuales, tiempos de recorrido entre estacionamientos realizados, y número de personas usuarias. La empresa autorizada deberá garantizar la identificación de las personas usuarias para poder aplicar el correspondiente procedimiento sancionador cuando sea procedente.

Por último, la concejala ha indicado que “«esta iniciativa se encuadra dentro de la apuesta del Govern del Rialto por las nuevas formas de movilidad sostenible, para evitar la emisión de gases contaminantes y la apuesta por el vehículo compartido».

Además, ha resaltado que «la autorización de prestar este servicio se otorga por un plazo de doce meses, prorrogable por otros seis meses más. No obstante, podrá ser revocada de manera unilateral por el Ayuntamiento de València en cualquier momento por razones de interés público, sin generar derecho a indemnización, cuando resulte incompatible con las condiciones generales aprobadas con posterioridad, produzcan daños en el dominio público, impidan su utilización para actividades de mayor interés público o menoscabe el uso general».

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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