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La Comunitat Valenciana pasa por completo a la Fase 1

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Ya es oficial. La Comunidad Valenciana pasa por completo a la fase 1 de la desescalada, tal y como ha confirmado el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias Fernando Simón junto al ministro de Sanidad Salvador Illa, es decir los 14 departamentos de salud, que se quedaron en la fase 0, a partir del lunes 18 también disfrutarán de las medidas de alivio que conlleva la Fase 1.  Simón ha afirmado que «a partir de ahora la Comunitat Valenciana será valorada por sus provincias ya que están todas en la misma fase».

Fernando Simón ha detallado que en el caso de la Comunitat Valenciana pasan a fase 1 los 14 departamentos que esta semana habían permanecido en fase 0 y «a partir de ahora va a ser valorada por cada una de sus tres provincias en su conjunto», ha apuntado.

El pasado viernes, la decisión del Ministerio fue la de que únicamente avanzaran de la Fase 0 a la 1 un total de diez departamentos de salud de los 24 en los que se divide la Comunitat: uno en la provincia de Castellón, Vinaròs; tres en la de Valencia (Requena, Xàtiva-Ontinyent, Gandia); y seis en Alicante –Alcoi, Dénia, Marina Baixa, Elda, Orihuela y Torrevieja. Al día siguiente, se supo también que se sumaba el Rincón de Ademuz.

Ahora, han pasado los otros 14 restantes, por lo que la Comunitat Valenciana en conjunto ya se encuentra en la nueva fase.

¿Qué se puede hacer en la Fase 1?

Se permiten reuniones de hasta un máximo de diez personas. Durante estas reuniones, las personas deberán guardar siempre una distancia interpersonal de dos metros y mantener siempre las medidas de higiene establecidas.

No tendrán que ser convivientes en el mismo domicilio, sino que pueden ser familiares, vecinos o amigos.

Se permitirá la apertura del comercio bajo condiciones estrictas de seguridad, excepto los centros comerciales, donde son más probables las aglomeraciones.

También en la fase 1 de desescalada por el coronavirus en España las terrazas podrán abrir con un 50% del aforo, no del 30% como estaba previsto inicialmente.

Hoteles y alojamientos turísticos, excluyendo las zonas comunes.

El sector agroalimentario y pesquero reanudará las actividades que mantenía con restricciones.

Los lugares de culto podrán abrir limitando su aforo a un tercio de su capacidad.

En el ámbito deportivo: la apertura de centros de alto rendimiento con medidas de higiene y protección reforzadas y el permiso para el entrenamiento medio en ligas profesionales.

Cultura: Actos y espectáculos culturales de menos de 30 personas en lugares cerrados (con 1/3 de aforo). Actos y espectáculos culturales al aire libre de menos de 200 personas (sentados y manteniendo la distancia necesaria).

Museos (solo visitas, no actividades culturales) 1/3 aforo con control de aglomeraciones en salas. Bibliotecas (préstamo y lectura con limitación de aforo).

Turismo activo y de naturaleza para grupos limitados de personas.

Producción audiovisual y rodaje de cine y series.

Coches: Limitación de ocupación de los vehículos privados, salvo en personas que residan en el mismo domicilio que podrían ir juntos.

Los centros educativos abrirán para su desinfección, acondicionamiento y el trabajo administrativo y preparatorio de los docentes y personal auxiliar.

Apertura de Universidades para su desinfección, acondicionamiento y para gestiones administrativas y de investigación. Apertura de laboratorios universitarios.

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Así es la nueva Ley para Influencers: todo lo que cambia y a quién afecta

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Ley para Influencers
Marta Lozano-INSTAGRAM

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto que establece las pautas para la regulación de los ‘influencers’, definiendo criterios específicos para considerar a una persona como tal. Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de facturar al menos 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (‘influencers’) basándose en tres criterios clave. Además del aspecto económico, se considera relevante la audiencia, con un requisito de al menos un millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en su actividad global. También se establece un requisito de actividad, que incluye la publicación o compartición de al menos 24 vídeos al año.

Ley para Influencers

Los ‘influencers’ que cumplan con estos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia en un plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor del decreto.

Una vez inscritos, estarán sujetos a cumplir con las normativas de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Esto incluye la identificación de espacios publicitarios y la prohibición de publicitar tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se equipararán a las de otros agentes audiovisuales.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, destacó la importancia de homologar a estos creadores de contenido con otros actores del ámbito audiovisual, especialmente en lo relacionado con la protección de menores y la transparencia en la publicidad.

Se establece también la obligación de identificar claramente la publicidad y etiquetar el contenido según las edades a las que va dirigido. Los ‘influencers’ deberán acordar un código de conducta al respecto con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En cuanto a la publicidad, se prohíbe la promoción de tabaco, alcohol o medicamentos, así como cualquier contenido que pueda causar perjuicio psicológico o físico a menores.

Esta regulación busca garantizar una mayor protección a los consumidores y ofrecer seguridad jurídica a los ‘influencers’, que han adquirido una relevancia económica notable en las plataformas de intercambio de vídeos donde difunden sus contenidos.

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