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La UCO desvela un entramado entre Zaplana y un testaferro en Uruguay

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VALÈNCIA, 13 Feb. – La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil ha revelado en un informe al Juzgado de Instrucción número 8 de València sobre el caso Erial, en el que está imputado el expresidente de la Generalitat, Eduardo Zaplana, que se desconoce el destino de parte de los fondos provenientes del presunto amaño de la venta de activos de las ITV y el Plan Eólico Valenciano –3,5 millones–, pero apunta a la posibilidad de que este capital hubiera sido transferido de Luxemburgo, a dos sociedades de Uruguay, relacionadas con tres supuestos testaferros.

Uno de ellos, Fernando Belhot, participó junto con el expresidente valenciano y el de la Comunidad de Madrid Ignacio González, –investigado en el caso Lezo– en un negocio de comercialización de un producto de desinfección de aguas que intentaban efectuar. Belhot también está relacionado con estructuras de blanqueo de capitales de un caso de corrupción política en Sudamérica, el caso ‘Ciccone’.

Así consta en un informe de fecha 16 de febrero de 2018 de la UCO que explica, en primer lugar, la «operativa de compraventa de participaciones» entre empresas radicadas en Luxemburgo y España a través de la cual «se podría haber efectuado de forma velada el pago de comisiones relacionadas con las adjudicaciones de servicio de ITV y el Plan Eólico de la Comunidad Valenciana». En síntesis, el grupo Sedesa –vinculado a la familia Cotino–, habría comprado participaciones a las mercantiles Imison Internacional y Fenix Investments, ambas radicadas en Luxemburgo.

Para justificar la salida de fondos con destino a una sociedad «con cierto perfil ‘offshore'», se compraba primero participaciones de una mercantil establecida en València, Inversiones Imison, vinculada igualmente a Sedesa y la familia Cotino. «Resulta que se compran las mismas participaciones que cuatro años antes había vendido la propia Sedesa a Imison Internacional, pero abonándose por ellas una cuantía extraordinaria», señala.

Según la Guardia Civil, la sociedad luxemburguesa se utilizó como «vehículo corporativo» para «canalizar fondos que presuntamente tuvieron por objeto el pago de comisiones pactadas con ocasión de determinadas adjudicaciones públicas». En total, los investigadores señalan que entre los años 2005 y 2006 el grupo Sedesa transfirió 6,4 millones a la sociedad Imison Internacional. La misma operativa se siguió, supuestamente, con las comisiones ilícitas que fueron a parar a manos del que fuera director de gabinete de Zaplana, Juan Francisco García.

Los investigadores indican en el informe que García estaba relacionado con una serie de entradas de divisas en territorio nacional en 2012 y 2013, procedentes de la sociedad Luxemburguesa Fenix Investments SA por 2.239.107 euros y, vinculadas con estas entradas de divisas, aparece una declaración tributaria especial, por lo que «parece ser que esta persona se acogió a la amnistía fiscal que se desarrolló en España durante el año 2012».

«NO SE HA DETECTADO RETORNO»

En relación al resto del dinero expatriado a Luxemburgo y que se acumulaba en la sociedad Imison Internacional, de la que detrás estaría el expresidente Zaplana, la UCO asegura que «no se han detectado por el momento operaciones de retorno e integración en bienes del territorio nacional» y cifra esta cantidad en 3,5 millones de euros.

Cabe la posibilidad, destaca el informe, «de que el resto de fondos investigados hubiesen tenido el mismo destino y hubiesen pasado a la esfera de estas dos nuevas sociedades –radicadas en Uruguay– Disfey SA y Misnely SA», constituidas en noviembre de 2009 y que declaraban poseer un porcentaje paritario de la española Medlevante, cuyo administrador único era el ex alto cargo de Zaplana y presunto testaferro Joaquín Barceló, que a su vez hasta el momento había declarado poseer la luxemburguesa Imison Internacional.

Zaplana, Barceló y el exsecretario del consejo de administración de la CAM, Francisco Grau, quedaron la pasada semana en libertad después de que la magistrada bloqueara 6.330.000 euros que considera que tenían en dos cuentas en Suiza, hecho que para la instructora «minimiza» el riesgo de fuga.

Estas sociedades aparecen relacionadas a los uruguayos Juan Francisco Mutio Cerdeiras y Daniel García Belhot, y estos, a su vez, a Washington Fernando Belhot Fierro, del que se conocen relaciones con Eduardo Zaplana. Ambos figuran en un mismo vuelo procedente de Londres y comparten el negocio de comercialización de un producto de desinfección de aguas que intentaban efectuar junto al expresidente madrileño Ignacio González.

La UCO subraya que el perfil profesional de Fernando Belhot «podría asemejarse al de Beatriz García Paesa, abogada de servicios de decomiso y estructuras societarias en Luxemburgo. «Indiciariamente cabe la posibilidad de que estas personas podrían obtener empresas pantalla opacas y trasladar fondos ocultos en favor de los investigados», añaden.

Además, Fernando Belhot, vinculado con la firma BGL Asesores Legales y Fiscales SRL, es poseedor de relaciones societarias en países como Uruguay, Brasil, Panamá, Honduras e Irak, mientras que Daniel García Belhot, al parecer asalariado y sobrino del anterior, en lugares como Uruguay, Panamá y Argentina. Asimismo, BGL habría actuado de intermediaria en una supuesta operación de blanqueo de capitales junto con el despacho Mossack Fonseca, conocida firma panameña relacionada con múltiples sociedades ‘offshore’, detallan los investigadores.

Fuente : Europa Press

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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