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La UE considera «abusivas» las hipotecas con IRPH y abre la vía a que los jueces anulen estos préstamos

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firma de hipotecas en la Comunitat Valenciana

Madrid, 10 Sept. 2019 – La justicia europea enmienda la plana a los tribunales españoles. Es lo que ha hecho el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), al decir que los usuarios con hipotecas referenciadas al IRPH deberían ser compensados, pues han pagado mucho más por su dinero, debido a este índice poco transparente.

Y es que miles de consumidores tienen sus hipotecas variables referenciadas al Índice de Referencia Préstamos Hipotecarios, IRPH, en vez de al Euribor. Por lo que revisar su hipoteca con este índice IRPH ha resultado muy perjudicial para ellos, que, de media, han pagado unos 1.200 euros más cada año que la que usa como referencia el Euribor.

En 2017, el Tribunal Supremo determinaba que el IRPH era un tipo oficial, y no era poco transparente ni abusivo. Sin embargo, ahora el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que, el que el IRPH sea oficial no significa que sea transparente, y afirma que los clientes deben ser compensados por el uso del IRPH en las hipotecas. Aunque este dictamen no es vinculante, sí marca un favorable precedente: habrá que esperar a la sentencia definitiva del TJUE, que se producirá dentro de unos meses, según ha explicado la Organización de Consumidores (OCU) en un comunicado.

La asociación comparte el criterio expresado por el abogado general, que en la misma línea del informe de la Comisión Europea, considera que debe garantizarse el control judicial sobre el carácter abusivo de una cláusula de acuerdo con la normativa de protección de los consumidores y desmonta, como en su momento ocurrió con la cláusula suelo, la doctrina de la sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2017 que estableció que el IRPH al ser un índice oficial utilizado por las diversas entidades financieras en sus ofertas comerciales, resulta fácilmente accesible para un consumidor medio y por tanto no es abusivo.

Con esta sentencia se abriría la posibilidad de que los cientos de miles de consumidores que en su día contrataron hipotecas referenciadas con este índice IRPH puedan reclamar judicialmente por la falta de transparencia e información que les llevaron a contratar una hipoteca por la que han pagado cantidades mucho más elevadas. En conjunto, la banca podría tener que devolver a los usuarios españoles más de 37.000 millones de euros.

OCU señala que si como es habitual en la mayoría de los casos, el TJUE se pronuncia en la misma línea que lo ha hecho el citado abogado general se abriría la posibilidad de que los cientos de miles de consumidores que en su día contrataron hipotecas con este índice pudieran reclamar judicialmente por la falta de transparencia y las deficiencias en la comercialización que les llevaron a contratar una hipoteca que han resultado ser 1.200 euros anuales más cara que la que usa como referencia el Euribor.

OCU advierte que, una hipoteca referencia al IRPH ha pagado entre un 1,5% y un 3% más. Un préstamo de 150.000 euros contratado en mayo de 2016 y referenciado al IRPH de cajas más 0,25% a día de hoy la suma de cuotas pagadas ascendería a 123.854 euros y le quedaría un capital pendiente de amortizar de 88.170 euros. Si dicho préstamo hubiera estado referenciado al Euribor y con el mismo diferencial, a día de hoy el total de cuotas pagadas sería de 103.985 euros y quedaría por devolver 79.513 euros. Por tanto, con el préstamo referenciado al IRPH se han pagado de más 28.525 euros.

Fuente: OCU.org

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La Agencia Tributaria niega fallos en Renta Web y explica el retraso de deducciones autonómicas

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La Agencia Tributaria (AEAT) ha asegurado que no existen fallos en el sistema Renta Web tras el inicio de la Campaña de la Renta 2025. El organismo atribuye la ausencia de ciertas deducciones fiscales a la publicación tardía de normativas autonómicas.

Por qué no aparecen algunas deducciones en la Renta 2025

Según la AEAT, las deducciones aprobadas por la Generalitat Valenciana no se han podido aplicar aún porque fueron publicadas recientemente en el Diari Oficial, cuando la campaña ya estaba en marcha.

Estas medidas incluyen beneficios fiscales relacionados con:

  • Gastos sanitarios
  • Actividades deportivas
  • Fomento de la música

Desde Hacienda explican que las normas solo tienen efecto jurídico tras su publicación oficial, lo que impide incorporarlas de forma inmediata al sistema.

“El sistema funciona correctamente”

La Agencia Tributaria insiste en que no se trata de un error técnico. De hecho, aseguran que la decisión de no incluir estas deducciones desde el inicio ha sido intencionada para evitar problemas mayores.

“El sistema podría volverse inestable en un momento crítico como el inicio de la campaña”, señalan fuentes del organismo.

También afecta a otras comunidades autónomas

Esta situación no solo impacta a la Comunidad Valenciana. Otras regiones como Castilla-La Mancha también aprobaron deducciones fiscales de forma tardía, lo que ha provocado el mismo retraso en su aplicación dentro de Renta Web.

Recomendación: esperar antes de presentar la declaración

La Agencia Tributaria recomienda a los contribuyentes que quieran beneficiarse de estas deducciones que esperen unos días antes de presentar su declaración.

Además, recuerda que es posible modificar fácilmente una declaración ya presentada mediante el propio portal, por lo que los usuarios podrán corregirla cuando las deducciones estén disponibles.

¿Cuándo se incorporarán las deducciones?

La AEAT ha asegurado que las nuevas deducciones se integrarán en el sistema “lo antes posible”, previsiblemente en los próximos días. Una vez activadas, se informará oficialmente para que los contribuyentes puedan aplicarlas sin problemas.

 

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