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La UE considera «abusivas» las hipotecas con IRPH y abre la vía a que los jueces anulen estos préstamos

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firma de hipotecas en la Comunitat Valenciana

Madrid, 10 Sept. 2019 – La justicia europea enmienda la plana a los tribunales españoles. Es lo que ha hecho el Abogado General del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), al decir que los usuarios con hipotecas referenciadas al IRPH deberían ser compensados, pues han pagado mucho más por su dinero, debido a este índice poco transparente.

Y es que miles de consumidores tienen sus hipotecas variables referenciadas al Índice de Referencia Préstamos Hipotecarios, IRPH, en vez de al Euribor. Por lo que revisar su hipoteca con este índice IRPH ha resultado muy perjudicial para ellos, que, de media, han pagado unos 1.200 euros más cada año que la que usa como referencia el Euribor.

En 2017, el Tribunal Supremo determinaba que el IRPH era un tipo oficial, y no era poco transparente ni abusivo. Sin embargo, ahora el abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que, el que el IRPH sea oficial no significa que sea transparente, y afirma que los clientes deben ser compensados por el uso del IRPH en las hipotecas. Aunque este dictamen no es vinculante, sí marca un favorable precedente: habrá que esperar a la sentencia definitiva del TJUE, que se producirá dentro de unos meses, según ha explicado la Organización de Consumidores (OCU) en un comunicado.

La asociación comparte el criterio expresado por el abogado general, que en la misma línea del informe de la Comisión Europea, considera que debe garantizarse el control judicial sobre el carácter abusivo de una cláusula de acuerdo con la normativa de protección de los consumidores y desmonta, como en su momento ocurrió con la cláusula suelo, la doctrina de la sentencia del Tribunal Supremo de diciembre de 2017 que estableció que el IRPH al ser un índice oficial utilizado por las diversas entidades financieras en sus ofertas comerciales, resulta fácilmente accesible para un consumidor medio y por tanto no es abusivo.

Con esta sentencia se abriría la posibilidad de que los cientos de miles de consumidores que en su día contrataron hipotecas referenciadas con este índice IRPH puedan reclamar judicialmente por la falta de transparencia e información que les llevaron a contratar una hipoteca por la que han pagado cantidades mucho más elevadas. En conjunto, la banca podría tener que devolver a los usuarios españoles más de 37.000 millones de euros.

OCU señala que si como es habitual en la mayoría de los casos, el TJUE se pronuncia en la misma línea que lo ha hecho el citado abogado general se abriría la posibilidad de que los cientos de miles de consumidores que en su día contrataron hipotecas con este índice pudieran reclamar judicialmente por la falta de transparencia y las deficiencias en la comercialización que les llevaron a contratar una hipoteca que han resultado ser 1.200 euros anuales más cara que la que usa como referencia el Euribor.

OCU advierte que, una hipoteca referencia al IRPH ha pagado entre un 1,5% y un 3% más. Un préstamo de 150.000 euros contratado en mayo de 2016 y referenciado al IRPH de cajas más 0,25% a día de hoy la suma de cuotas pagadas ascendería a 123.854 euros y le quedaría un capital pendiente de amortizar de 88.170 euros. Si dicho préstamo hubiera estado referenciado al Euribor y con el mismo diferencial, a día de hoy el total de cuotas pagadas sería de 103.985 euros y quedaría por devolver 79.513 euros. Por tanto, con el préstamo referenciado al IRPH se han pagado de más 28.525 euros.

Fuente: OCU.org

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El Constitucional decide hoy si admite el recurso contra la suspensión de la Ley de Nietos

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Elecciones Europeas Valencia voto correo

El Tribunal Constitucional estudia este miércoles, 21 de octubre, si admite a trámite el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo contra la suspensión cautelar del derecho al voto de parte de los españoles nacionalizados al amparo de la conocida como Ley de Nietos, de cara a las elecciones generales del próximo 29 de noviembre.

La decisión llega en plena controversia sobre cómo aplicar la resolución del Tribunal Supremo, que limita el ejercicio del voto de los nuevos nacionalizados a quienes puedan acreditar documentalmente que descienden de personas exiliadas. Al recurso del Defensor del Pueblo se ha sumado un ciudadano afectado por la suspensión.

Los letrados del Constitucional ven prematuro admitir el recurso

Un informe de los letrados del Tribunal Constitucional considera que sería «prematuro» admitir el recurso de amparo en este momento. No obstante, la decisión corresponde al Pleno del tribunal, que debe determinar si lo tramita.

Según los datos aportados por la Abogacía del Estado, 163.020 personas han sido incorporadas al censo electoral tras obtener la nacionalidad mediante la Ley de Nietos. La controversia se centra ahora en determinar quiénes podrán votar en los comicios del 29-N conforme a los criterios establecidos por el Supremo.

El problema de comprobar los documentos antes del 29-N

La verificación de los expedientes se ha convertido en uno de los principales obstáculos. Exteriores ha puesto en marcha un procedimiento para trasladar a la Oficina del Censo Electoral la información de los nacionalizados antes de 2025, cuando comenzó a funcionar el sistema DICIREG.

Desde entonces se han inscrito alrededor de 70.000 personas cuyos datos ya están disponibles para la Oficina del Censo. Para los expedientes anteriores, las comprobaciones requieren revisar manualmente la documentación aportada para acceder a la nacionalidad por la disposición adicional de la Ley de Memoria Democrática.

Un total de 48 oficinas consulares han completado, de forma total o parcial, este proceso. El Ministerio de Exteriores ha advertido, sin embargo, de la dificultad de finalizar las comprobaciones a tiempo para las elecciones.

La Junta Electoral enviará la documentación, pero no todos podrán votar

La Junta Electoral Central acordó remitir la documentación electoral a todas las personas inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA), aunque ha advertido de que el envío no significa que todos puedan ejercer finalmente el derecho al voto.

El objetivo es que quienes no estén afectados por la resolución del Supremo reciban a tiempo los documentos necesarios para participar en las elecciones. El alto tribunal ha dado a las partes personadas un plazo para presentar alegaciones sobre la decisión de la Junta Electoral Central, que concluye este miércoles a las 15.00 horas.

Entre las partes emplazadas figuran la Abogacía General del Estado, la Fiscalía y los partidos Vox e Iustitia Europa.

También comienza el plazo para presentar las candidaturas

La deliberación del Constitucional coincide con el inicio del plazo para presentar las listas electorales al Congreso y al Senado. Los partidos y coaliciones pueden registrar sus candidaturas ante las juntas electorales provinciales desde este miércoles, 21 de octubre, hasta el lunes 26 de octubre.

Las formaciones afrontan estos días las negociaciones para cerrar sus listas y concretar los acuerdos electorales de cara a los comicios del 29 de noviembre.

La resolución del Constitucional sobre la Ley de Nietos será clave para conocer si el recurso del Defensor del Pueblo sigue adelante. La admisión a trámite no supondría por sí misma una resolución definitiva sobre el fondo del asunto ni garantizaría automáticamente el voto de todas las personas afectadas.

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