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Marina d’Or cierra hasta febrero

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Marina d’Or ha anunciado en su web el cierre temporal del complejo residencial y de ocio ubicado en Orpesa hasta el mes de febrero de 2021. La empresa ha justificado la decisión «como medida de prevención alineada con los esfuerzos que todos debemos hacer y en respuesta al anuncio de las autoridades competentes de evitar desplazamientos entre comunidades autónomas».

Marina d’Or Ciudad de Vacaciones ha garantizado a sus clientes con reserva en la fechas en que el complejo queda cerrado la modificación sin coste de las fechas o la devolución del dinero entregado a cuenta.

Para ello, ha habilitado un teléfono, el 964 72 72 70, que estará operativo de lunes a viernes de 10.00 a 14.00 horas. La empresa pide a sus clientes que tengan preparados todos los datos antes de la llamada para agilizar la linea.

El comunicado de Marina d’Or acaba con estas palabras: «El viaje será duro, pero lo importante es llegar a puerto. Naveguemos juntos, rememos a contracorriente. No olvides que la tempestad siempre precede a la calma. Volveremos a vernos muy pronto».

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Así es la nueva Ley para Influencers: todo lo que cambia y a quién afecta

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Ley para Influencers
Marta Lozano-INSTAGRAM

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto que establece las pautas para la regulación de los ‘influencers’, definiendo criterios específicos para considerar a una persona como tal. Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de facturar al menos 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (‘influencers’) basándose en tres criterios clave. Además del aspecto económico, se considera relevante la audiencia, con un requisito de al menos un millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en su actividad global. También se establece un requisito de actividad, que incluye la publicación o compartición de al menos 24 vídeos al año.

Ley para Influencers

Los ‘influencers’ que cumplan con estos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia en un plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor del decreto.

Una vez inscritos, estarán sujetos a cumplir con las normativas de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Esto incluye la identificación de espacios publicitarios y la prohibición de publicitar tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se equipararán a las de otros agentes audiovisuales.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, destacó la importancia de homologar a estos creadores de contenido con otros actores del ámbito audiovisual, especialmente en lo relacionado con la protección de menores y la transparencia en la publicidad.

Se establece también la obligación de identificar claramente la publicidad y etiquetar el contenido según las edades a las que va dirigido. Los ‘influencers’ deberán acordar un código de conducta al respecto con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En cuanto a la publicidad, se prohíbe la promoción de tabaco, alcohol o medicamentos, así como cualquier contenido que pueda causar perjuicio psicológico o físico a menores.

Esta regulación busca garantizar una mayor protección a los consumidores y ofrecer seguridad jurídica a los ‘influencers’, que han adquirido una relevancia económica notable en las plataformas de intercambio de vídeos donde difunden sus contenidos.

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