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Màxim Huerta defraudó a Hacienda 218.322 euros

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Jun. (EUROPA PRESS) – El ministro de Cultura y Deporte, Màxim Huerta, fue condenado el pasado año por defraudar a Hacienda 218.332 euros con una sociedad que constituyó en el año 2006 cuando trabajaba como presentador de televisión. El titular de Cultura fue condenado a pagar 243.000 euros incluyendo recargos e intereses por los tres ejercicios fiscales, según informa El Confidencial.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) en dos sentencias de mayo de 2017 condena a Huerta por dejar de pagar la citada cantidad correspondiente a los ejercicios fiscales de 2006, 2007 y 2008 en los que habría facturado 798.521 euros a través de la sociedad Almaximo Profesionales de la Imagen SL, sociedad de la que era único accionista y administrador desde enero de 2006.

Según explican las dos sentencia del TSJM, Huerta se dedujo por actividades artísticas 43.770 euros en 2006, 80.481 en 2007 y 24.451 en 2008, habiendo declarado solo por servicios profesionales o rendimientos del trabajo 44.400, 43.065 y 60.000 euros, respectivamente. Como consecuencia, del total de ingresos de los tres ejercicios, 798.520 euros, solo tributó por IRPF 21.860.

El titular de Cultura tributó por el impuesto de sociedades y no por el IRPF, como debería haber hecho, eludiendo así «los tipos impositivos progresivos y más elevados de IRPF» y «engrosando además indebidamente el capítulo de gastos».

Fuentes del Ministerio de Cultura consultadas por Europa Press han remitido a las declaraciones del ministro efectuadas a El Confidencial en las que afirma estar «al corriente» de todas sus obligaciones tributarias «desde hace ya unos cuantos años». Huerta ha añadido que «la regulación fiscal a la que hace referencia el artículo se refiere a los ejercicios 2006, 2007 y 2008».

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Así es la nueva Ley para Influencers: todo lo que cambia y a quién afecta

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Ley para Influencers
Marta Lozano-INSTAGRAM

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto que establece las pautas para la regulación de los ‘influencers’, definiendo criterios específicos para considerar a una persona como tal. Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de facturar al menos 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (‘influencers’) basándose en tres criterios clave. Además del aspecto económico, se considera relevante la audiencia, con un requisito de al menos un millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en su actividad global. También se establece un requisito de actividad, que incluye la publicación o compartición de al menos 24 vídeos al año.

Ley para Influencers

Los ‘influencers’ que cumplan con estos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia en un plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor del decreto.

Una vez inscritos, estarán sujetos a cumplir con las normativas de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Esto incluye la identificación de espacios publicitarios y la prohibición de publicitar tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se equipararán a las de otros agentes audiovisuales.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, destacó la importancia de homologar a estos creadores de contenido con otros actores del ámbito audiovisual, especialmente en lo relacionado con la protección de menores y la transparencia en la publicidad.

Se establece también la obligación de identificar claramente la publicidad y etiquetar el contenido según las edades a las que va dirigido. Los ‘influencers’ deberán acordar un código de conducta al respecto con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En cuanto a la publicidad, se prohíbe la promoción de tabaco, alcohol o medicamentos, así como cualquier contenido que pueda causar perjuicio psicológico o físico a menores.

Esta regulación busca garantizar una mayor protección a los consumidores y ofrecer seguridad jurídica a los ‘influencers’, que han adquirido una relevancia económica notable en las plataformas de intercambio de vídeos donde difunden sus contenidos.

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