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¿Te puedes librar de una mesa electoral si tienes un viaje contratado?

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La convocatoria de las elecciones generales en pleno mes de julio, cuando la mayoría de la población se encuentra de vacaciones plantea muchas dudas, entre ellas si un viaje sirve de excusa para no acudir a la mesa electoral. Ante esta situación FACUA solicita que los viajes familiares sean contemplados como causa para que los ciudadanos estén exentos.

¿Te puedes librar de una mesa electoral si tienes un viaje contratado?

Ante la convocatoria de Elecciones Generales el próximo domingo 23 de julio, FACUA-Consumidores en Acción ha solicitado a la Junta Electoral Central (JEC) que emita un nuevo criterio interpretativo de las causas por las que los ciudadanos están exentos de participar como presidentes o vocales de las mesas electorales a fin de incorporar determinados viajes vacacionales.

Así, la asociación solicita sensibilidad a la JEC ante el hecho de que la convocatoria de elecciones en esas fechas, de alta tradición vacacional en España. Un hecho sin precedentes en la democracia española.

Causa de eximento para librarte de la mesa electoral

En su escrito, FACUA recuerda que la JEC ha reconocido como causa eximento para la participación en mesa electoral la concurrencia en el día de las elecciones de eventos familiares de especial relevancia que resulten inaplazables o cuyo aplazamiento provoque perjuicios económicos importantes, siempre que la persona interesada sea la protagonista o guarde con ésta una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad.

FACUA solicita que los viajes familiares se consideren  que los eventos familiares de gran relevancia. Por ello, se tendrá en cuenta los viajes contratados antes del 30 de mayo y no que no tengas capacidad de aplazarse.

Al no existir concreción en la instrucción de la JEC, es muy posible que las juntas electorales de zona adopten criterios interpretativos dispares, con los consiguientes perjuicios para multitud de ciudadanos.

Las excusas legales para librarse de una mesa electoral

Los argumentos para librarte de una mesa electoral

Causas personales

Entre las causas personales para librarse de la mesa electoral se encuentran las siguientes:

– Ser mayor de 65 años y menor de 70.

– La situación de discapacidad de cualquier grado, de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez o la incapacidad temporal para el trabajo.

– Embarazo a partir de los seis meses, situaciones de riesgo durante los mismos y período de descanso maternal.

– El internamiento en centros penitenciarios o en hospitales psiquiátricos.

– Haber formado parte de una mesa electoral con anterioridad, al menos en tres ocasiones en los últimos diez años.

– Ser víctima de un delito en el que el condenado o investigado cuenta con orden de alejamiento y pertenece al mismo colegio electoral.

– Padecer una enfermedad física o psíquica o la previsión de intervención quirúrgica o de pruebas clínicas relevantes e inaplazables en el día de la votación, en los días inmediatamente anteriores o posteriores.

– La pertenencia a confesiones o comunidades religiosas de clausura.

– El cambio de la residencia habitual a un lugar situado en otra Comunidad Autónoma.

Causas familiares

Entre las causas familiares para justificar la ausencia en mesa electoral se encuentran las siguientes:

– La condición de madre, durante el período de lactancia natural o artificial, hasta que el bebé cumpla nueve meses.

– El cuidado directo y continuo de menores, discapacitados o familiares enfermos.

– Eventos familiares de especial relevancia.

– La condición de madre o padre de menores de catorce años, siempre que otro adulto familiar no pueda ocuparse de los mismos.

Causas profesionales

Las causas profesionales para renunciar la mesa electoral son:

– Servicios a las Juntas Electorales, Juzgados y Administraciones Públicas con funciones electorales.

– Servicios esenciales de la comunidad de importancia vital, como los de carácter médico, sanitario, de protección civil, bomberos, etcétera.

– Los directores de medios de comunicación de información general y los jefes de los servicios informativos que deban cubrir la jornada electoral.

– Los profesionales que deban participar en acontecimientos públicos cuyo papel sea insustituible.

Alegación

Como se puede comprobar, el viaje no es eximente, pero la decisión definitiva la tomará la Junta Electoral de Zona. Por tanto, en caso de viaje programado y reservado con anterioridad, el derecho a justificar esta causa existe.

Para ello se deberá aportar las reservas de la documentación que permiten sostener la solicitud y el perjuicio económico de perder los billetes si el viaje fue contratado antes de conocer la obligación de ser miembro de una mesa electoral. Lo más probable es que la alegación no prospere, pero la decisión corresponde a la Junta Electoral de la Zona que, una vez recibida la alegación, la resolverá en el plazo de cinco días.

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¿Qué es la fiebre hemorrágica Crimea-Congo?

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fiebre hemorrágica Crimea-Congo
¿Qué es la fiebre hemorrágica Crimea-Congo?-FREEPIK

La fiebre hemorrágica Crimea-Congo es una enfermedad viral grave que ha provocado la muerte de cinco personas en España. Se detectaron los primeros casos humanos en el país en 2016, tras hallarse el virus en garrapatas capturadas sobre animales en 2010.

Transmisión y Prevención

Esta enfermedad se transmite principalmente por la picadura de garrapatas del género Hyalomma, presentes en aves migratorias, zorros, jabalíes y perros. También puede contagiarse por contacto con sangre o fluidos corporales de una persona infectada, de manera similar a la hepatitis B.

Con la llegada del buen tiempo y las actividades al aire libre, es crucial extremar las medidas preventivas. Se recomienda utilizar ropa y calzado adecuados, como mangas y pantalones largos, y aplicar repelentes tanto en humanos como en animales de compañía.

¿Cuáles son los principales síntomas?

Los síntomas aparecen de repente. Se manifiestan en forma de fiebre, dolor muscular, mareo, dolor y rigidez de cuello, lumbago, cefalea, irritación de los ojos y fotofobia (molestia ocular que se produce ante una iluminación excesiva). Además, al principio, pueden existir náuseas, vómitos, diarreas, dolor abdominal y de garganta. A esto lo siguen cambios bruscos de humor y confusión.

Al cabo de dos o cuatro días, la agitación puede dar paso a somnolencia, depresión y debilidad. También aparece dolor abdominal en el cuadrante superior derecho con hepatomegalia (agrandamiento del hígado) detectable. Otros signos clínicos que pueden manifestarse son: taquicardias; adenopatías (inflación de los ganglios linfáticos); y erupción por hemorragia cutánea en mucosas internas (boca, garganta y piel).

Habitualmente, existen signos de hepatitis. Los pacientes, muy graves, sufren un rápido deterioro renal o insuficiencia hepática o pulmonar repentina después del quinto día de enfermedad. En los casos de no haber recuperación, la muerte sobreviene durante la segunda semana y, quienes la superan, la mejoría comienza al noveno o décimo día.

Tras el contagio, ¿cuánto tarda en manifestarse la fiebre?

A continuación de la picadura sufrida por la garrapata, la fase de incubación es de uno a tres días, siendo el máximo nueve. En el contacto con sangre o tejidos infectados, el periodo de incubación es mayor, de cinco a seis días, con un máximo documentado de trece.

¿Cómo ha llegado este virus a España?

En una investigación realizada por el Centro Nacional de Microbiología del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), España detectó por primeros casos humanos de fiebre hemorrágica de Crimea-Congo en 2016. Seis años antes, por primera vez, ya se habían observado en garrapatas capturadas sobre animales.

Fuente: RTVE

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