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Piden a Netflix que corrija un error en la serie sobre el Caso Alcàsser que salpica a una eurodiputada

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VALÈNCIA, 18 Jul. – La eurodiputada de Renovar Europa y miembro de la delegación de Cs en Bruselas, Maite Pagazaurtundúa, se ha dirigido por carta tanto a Netflix España como a la productora del documental sobre el caso Alcàsser que emite la plataforma, para pedirles «corregir» un «error» al considerar que implica al Parlamento Europeo en la derogación de la llamada doctrina Parot.

«La doctrina Parot no se volvió a aplicar tras una sentencia de 2012 del Tribunal de Estrasburgo», órgano que no pertenece a las instituciones de la Unión Europea y «nada tiene que ver con el Parlamento Europeo», ha explicado Pagazaurtundúa en un comunicado.

El documental de la plataforma repasa la historia y el tratamiento en los medios de comunicación del caso Alcàsser, que se remonta a noviembre de 1992 cuando tres adolescentes de entre 14 y 15 años de esta localidad valenciana, Míriam, Toñi y Desirée, fueron secuestradas, violadas y asesinadas. Sus cuerpos fueron hallados en enero de 1993 en un paraje conocido como La Romana, en Tous.

Por estos hechos fue condenado a 170 años de cárcel Miguel Ricart, que salió de prisión en 2013 después de pasar 21 años en prisión, tras desactivarse la conocida como doctrina Parot. El otro considerado autor de este suceso, Antonio Anglés, huyó y figura en paradero desconocido desde entonces.

La vicepresidenta de la comisión de Libertades Civiles del Parlamento Europeo ha pedido a la plataforma que corrija ese «error» que asegura que está en el último capítulo de la serie ‘El caso Alcàsser’, en el que aparecen una serie de conclusiones en rótulos en pantalla, entre ellas una frase que reza: «En 2013 se derogó la doctrina Parot en el Parlamento Europeo».

Según Pagaza, esta aseveración no se corresponde con la realidad «pues el fin de tal doctrina corresponde al Tribunal de Derechos Humanos en 2012». «Es evidente el gran trabajo de documentación de esta serie, que nos muestra la importancia del tratamiento informativo de los crímenes que se producen en nuestra sociedad, y sus implicaciones sobre las decisiones políticas. Sin embargo, es sorprendente leer este importante error al final del quinto capítulo, cuando el director llega a sus conclusiones sobre el caso», ha añadido.

Pagaza ha considerado que esta serie «acierta en hacernos reflexionar sobre los fake news, la manipulación, y el tratamiento de las víctimas, por lo que es aún más importante que sea realmente rigurosa en la expresión de los hechos».

DECISIÓN «PURAMENTE JUDICIAL»
«No debe hacerse creer al público que una institución como el Parlamento Europeo está implicada en una decisión puramente judicial», ha indicado. «De hecho, la gestión de la sentencia del TDH merece otro documental de Netflix. No era necesario actuar así», ha concluido Pagaza.

La doctrina Parot, que fue establecida por el Tribunal Supremo en 2006 y refrendada luego por el Constitucional, «consistía en la aplicación de los beneficios penitenciarios sobre cada una de las condenas impuestas, y no sobre una sola de 30 años, empezando por la más grave». La filosofía era que los culpables de múltiples delitos de carácter muy grave «pagaran hasta 30 años por cada uno de ellos, y no el límite de 30 años por el total en vigor en ese momento», indica la eurodiputada.

Pagaza añade en el comunicado que la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos «se refería únicamente a la liberación de la presa etarra Inés del Río Prada». Sin embargo, agrega que el fallo «se utilizó para liberar de forma inmediata e inusitada a otros asesinos múltiples (entre ellos 63 etarras), así como 15 presos comunes con delitos de especial gravedad, de los cuales varios volvieron a delinquir». «De hecho, la gestión de la sentencia merece otro documental de Netflix, cuya posibilidad le invito a explorar pues no era necesario actuar como se hizo», señala.

En la misiva, la eurodiputada pide a ambas partes que «por la calidad de la cinta y su trascendencia incluso internacional en una plataforma como Netflix, le ruego subsanen este error, que lleva a dañar el buen nombre del Parlamento Europeo y confundir al espectador sobre un caso especialmente execrable para las víctimas del terrorismo y otros delitos graves».

Fuente: (EUROPA PRESS)

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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