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Valencia, entre las ciudades con los aparcamientos públicos más caros

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La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha realizado un estudio sobre 230 aparcamientos públicos de 27 ciudades españolas. Los resultados demuestran que en uno de cada tres parkings las plazas son demasiado estrechas para los modelos de coche actuales. Además, los precios no han dejado de subir a un ritmo que dobla al del IPC en la última década: Barcelona, Madrid y Valencia son las ciudades con los aparcamientos públicos más caros.

Ante la saturación de vehículos y las restricciones a la circulación y aparcamiento en la calle, los parkings se convierten en una alternativa cada vez más necesaria para los conductores. Los resultados obtenidos se han basado en cuánto cobrarían por dejar el coche durante 48 minutos, dos horas, cinco horas y el máximo diario (o 24 horas). El estudio, además, incluye aparcamientos municipales y privados, así como los de centros comerciales, aeropuertos y estaciones.

Privados, más caros para estancias cortas

Una primera conclusión es que los garajes privados tienen tendencia a ser más caros que los públicos para estancias cortas, pero las tarifas se van igualando a medida que el tiempo se alarga, con precios medios muy similares. Aunque el cobro por bloques de tiempo (un cuarto de hora, media hora) es ahora una práctica residual que hemos detectado solo en seis parkings, sigue siendo bastante común que la tarifa para los primeros minutos de estancia sea más alta.

  • Estancias cortas: el coste medio de aparcar durante 48 minutos es de 1,78 euros. El aparcamiento más barato está en Salamanca y cobra tan solo 60 céntimos por ese tiempo, la décima parte de lo que cobra el más caro, que está en Madrid, y donde hay que abonar 6 euros.
  • Estancias medias: el coste medio de aparcar durante dos horas (120 minutos) en los parkings del estudio es de 4,16 euros. Los parkings de la asociación Adeba en Badajoz son los más baratos de los visitados para estancias de 120 minutos, pues cobran 1,5 euros independientemente del tiempo que se estacione, mientras que hay parkings que cobran más de 7 euros.
  • Estancias largas: por aparcar 300 minutos (5 horas) el precio medio es de 10,01 euros. Barcelona, Madrid y Valencia son las ciudades con las medias más altas, en torno a 14 euros por ese periodo.
  • En cuanto a la estancia de 24 horas, los más baratos están en Oviedo y Santa Cruz de Tenerife, donde no llega a los 4 euros; los más caros están en Barcelona: Saba Plaza Cataluña (47,55 euros) y B. SM. Concepció (41,45).

En ciudades como Toledo y Murcia, hay poca diferencia de precios entre los aparcamientos visitados. En cambio, en  ciudades como Alicante, Salamanca o Madrid las diferencias son bastante acusadas.

Fuente: OCU

Mala información: solo un tercio muestra bien sus tarifas

En un 42 % de los parkings visitados por OCU, cuando el usuario consigue ver lo que le van a cobrar, le es muy difícil o imposible salir sin pagar y en otro 25 % de ellos no es imposible, pero sí complicado retroceder.

En total, dos de cada tres aparcamientos no informan bien a sus usuarios antes de contratar, como exige la normativa. Apenas hay diferencia entre públicos y privados, que muestran mal sus tarifas en porcentajes casi iguales, pero sí entre ciudades. En Palma, Salamanca y Vigo no suspende ningún parking, al revés que en Gijón, donde no vimos ninguno que las mostrara bien.

Un 20 % más caros en 12 años

Una de las más claras conclusiones de este estudio es que los precios han aumentado notablemente en la última década a pesar de la crisis: de media un 22 % para periodos de 48 minutos, un 28 % para las de 120 minutos y un 27 % para los de 300 minutos, alrededor del doble que el IPC para ese mismo periodo, que se ha situado en un 14,4 %. Los incrementos son algo menores en estancias cortas

Las subidas más acusadas se han producido en Barcelona, Alicante, Granada y Murcia con incrementos del 40 % o superiores tanto para las estancias cortas como medias y largas. También en Palma, Sevilla y Vigo hubo subidas de ese orden para los tiempos medios y largos.

¡Mi coche no cabe!

Otro problema recurrente es el escaso tamaño de las plazas. No existe una legislación estatal sobre dimensiones mínimas, la norma se limita a señalar que los aparcamientos deben ofrecer “espacio suficiente”. Pues bien, teniendo en cuenta las medidas de los coches actuales, en menos de la mitad de los parkings se estaciona con comodidad:

  • 22 % de las plazas son amplias (más de 2,5 m de ancho);
  • 24 % son normales (entre 2,4 y 2,5 m);
  • 24% son bastante justitas, pero dentro de lo aceptable (entre 2,39 y 2,30 m)
  • 19% son estrechas (entre 2,29 y 2,20 m);
  • 11% son estrechísimas o tienen obstáculos: tendrás que contener la respiración para poder salir del coche (menos de 2,20 m).

Badajoz, Bilbao, Logroño y Palma ofrecen las plazas más generosas, al contrario que Málaga, donde el 90 % de las plazas presenta un tamaño  insuficiente. Barcelona destaca por el gran número de plazas canijas, especialmente en parkings municipales.

Fuente: OCU

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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