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Visitas culturales en el monasterio de San Miguel de los Reyes el 1 de noviembre

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Monasterio De San Miguel De Los Reyes, Biblioteca Valenciana

VALÈNCIA, 28 Oct.- El monasterio de San Miguel de los Reyes permanecerá abierto durante la mañana del 1 de noviembre para que los ciudadanos puedan visitarlo con un guía cultural que explica la historia del monumento, declarado bien de interés cultural desde 2008, según han informado fuentes de la Generalitat.

También se podrán visitar las dos exposiciones que se exhiben durante estos días: ‘Música en paper’, que muestra los fondos musicales de la biblioteca, y ‘Equipaje de vuelta’, sobre los archivos personales de los valencianos exiliados tras la Guerra Civil.

Las visitas guiadas son gratuitas y no requieren cita previa, tan solo hay que estar unos minutos antes de las 12.00 horas y de las 13.00 horas, que es cuando comienzan los dos turnos programados. El monasterio también estará abierto el sábado y el domingo, con visitas a la misma hora, como todos los fines de semana del año.

El recorrido por el monasterio comprende el claustro norte del monasterio, la iglesia desacralizada de san Miguel, la cripta donde descansan los restos mortales de la virreina Germana de Foix y el claustro sur, que es la zona más antigua que se conserva.

El monasterio es de estilo renacentista y fue encargado por Germana de Foix y el duque de Calabria, Fernando de Aragón, en 1546. Monasterio de clérigos, residencia de nobles, cárcel, almacén de cosechas, colegio han sido los usos que se le ha dado al edificio hasta que el año 2000 se convirtió en la sede de la Biblioteca Valenciana Nicolau Primitiu.

También se puede visitar la exposición de la sala capitular del monasterio y que muestra la recuperación del patrimonio documental y personal de los exiliados valencianos. La biblioteca creó una sección especial con el título ‘Biblioteca del exilio’ que aglutina los materiales donados por las personas que tuvieron que salir del país.

La sección se inició con la donación de la maestra exiliada Guillermina Medrano y que se ha incrementado con otros muchos nombres como Alejandra Soler y Arnaldo Azzati, Juan Gil-Albert, Ignacio Soldevila, José Medina Echevarría, Julián Antonio Rodríguez y Adelita del Campo, entre otros.

La exposición es una oportunidad para conocer los documentos que los exiliados atesoraron durante su ausencia del país y que decidieron depositarlos en la biblioteca valenciana para que formen parte de la memoria histórica, según las mismas fuentes.

La otra exposición abierta es ‘Música en paper’, en la que se pueden contemplar partituras manuscritas, libros, publicaciones periódicas, fotografías, materiales audiovisuales, instrumentos musicales y numerosos documentos de archivo de compositores valencianos como Agustí Alamán, Miquel Asins, Eduard López-Chávarri, Manuel Palau y Luis Sánchez Fernández, entre otros.

Fuente: EUROPA PRESS

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El SEPE aclara qué mayores de 52 años pierden el derecho al subsidio por desempleo

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El subsidio para mayores de 52 años sigue siendo una ayuda clave hasta la jubilación, pero el SEPE recuerda que no todos los desempleados pueden acceder y detalla los supuestos en los que se pierde el derecho.

El subsidio por desempleo para mayores de 52 años continúa siendo una de las prestaciones más importantes del sistema de protección social en España. Sin embargo, el SEPE ha vuelto a insistir en que se trata de una ayuda sujeta a requisitos muy estrictos, y advierte de que determinados perfiles quedan excluidos o pueden perderla si no cumplen las condiciones exigidas.

Quién puede solicitar el subsidio para mayores de 52 años

La fecha clave que marca el acceso a esta ayuda es el 1 de noviembre de 2024. Desde entonces, pueden solicitar el subsidio:

  • Las personas que hayan agotado una prestación contributiva por desempleo a partir de esa fecha, sin necesidad de cumplir el mes de espera.

  • Quienes acrediten situación legal de desempleo desde ese momento, siempre que hayan cotizado al menos 90 días.

La edad es determinante: es obligatorio haber cumplido 52 años en el momento de encontrarse en una de las situaciones de desempleo reconocidas por el SEPE.

Requisitos que revisa el SEPE para conceder la ayuda

Para acceder y mantener el subsidio, el organismo comprueba los siguientes puntos:

  • Edad mínima: 52 años cumplidos.

  • Inscripción como demandante de empleo y firma del acuerdo de actividad.

  • Cotización por desempleo: al menos seis años cotizados en España.

  • Carencia de rentas: los ingresos no pueden superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, sin contar las pagas extra.

  • Requisitos de jubilación: se deben cumplir todos los exigidos para acceder a una pensión contributiva, salvo la edad.

Si la persona no tenía 52 años al agotar la prestación, puede solicitar el subsidio al cumplirlos, siempre que haya mantenido la inscripción ininterrumpida como demandante de empleo.

Quién pierde o no puede acceder al subsidio de mayores de 52 años

El SEPE señala varios supuestos que impiden acceder o provocan la pérdida de la ayuda:

  • Haber percibido o agotado la Renta Activa de Inserción (RAI).

  • Haber cobrado la prestación por cese de actividad.

  • Haber sido beneficiario del subsidio extraordinario por desempleo.

  • Incumplir el requisito de carencia de rentas durante el cobro.

  • No presentar la solicitud en plazo.

Además, si se solicita fuera de los 15 días hábiles posteriores al hecho causante, el derecho no se pierde, pero se reducen los días de ayuda, ya que el subsidio empieza a contar desde la fecha de solicitud.

Condiciones durante el cobro del subsidio

El subsidio exige estar en desempleo total o trabajando a tiempo parcial. Durante su percepción, el beneficiario cotiza para la jubilación, una de las grandes ventajas de esta ayuda.

En cuanto a los ingresos, el SEPE recuerda que se tienen en cuenta los ingresos mensuales del solicitante y, en determinados casos, los de la unidad familiar, lo que puede provocar la suspensión o extinción del subsidio.


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