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Un año y siete meses de cárcel para el exconsejero delegado del Banco de València

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El Juzgado Central de lo Penal ha condenado a un año y siete meses de cárcel por un delito continuado de administración desleal al exconsejero delegado del Banco de València Domingo Parra en relación con la concesión préstamo promotor a la sociedad Pegoliva SL dirigido a la construcción de viviendas “en perjuicio de los intereses” de la entidad bancaria.

En una sentencia, el juez de la Audiencia Nacional José María Vázquez Honrrubia ha impuesto la pena solicitada por la Fiscalía para el acusado, a quien ha aplica las atenuantes de reparación del año, al haber ingresado 330.00 euros, y de confesión, por haber reconocido los hechos durante el juicio celebrado a finales del pasado mes de enero.

El fallo ha señalado que Domingo Parra deberá indemnizar al FROB y, en su defecto a Caixabank como sucesor del Banco de Valencia, en forma conjunta y solidaria con los responsables a título lucrativo, en la suma de 395.000 euros para la reparación del año derivado del exceso de disposición de los tramos establecidos en el préstamo al promotor, más otros 114.525 como cantidad que resta por recuperarse de un préstamo ICO, lo que hace un total de 509.525 euros a los que se añadirán los intereses correspondientes.

La resolución ha condenado en condición de terceros a título lucrativo a la sociedad Pegoliva SL y subsidiariamente a otros tres acusados, con responsabilidad solidaria entre ellos, a que paguen al FROB o, en su defecto a la entidad Caixabank, los 509.525 euros más los intereses. De dicha cantidad, indica, se deducirán los 330.000 euros pagados por Domingo Parra, por lo que la cantidad a satisfacer asciende a 179.525 euros.

El magistrado ha relatado que Domingo Parra ocupó el cargo de consejero delegado del Banco de Valencia desde julio de 1994 hasta octubre de 2001, cuando fue cesado. Dicha entidad bancaria, ha explicado, concedió el 27 de septiembre de 2007 a la sociedad Pegoliva SL un préstamo promotor por importe de 4.910.429 euros dirigido a la construcción de 25 viviendas y sus anejos y a posibilitar las ventas y subrogación de los futuros adquirentes.

 

Actuación en perjuicio de los intereses del banco

En el marco de dicho préstamo, ha afirmado, “realizó unilateralmente y en perjuicio de los intereses de la entidad bancaria disposiciones de fondos por encima de los estipulado y en contra de los criterios del Departamento de Riesgos, así como autorizó personalmente un préstamo ICO prescindiendo de las garantías personales exigidas por el citado Departamento que hubieran posibilitado su recobro, en claro detrimento de los intereses del Banco de Valencia”. Ha añadido que tanto el préstamo inicial como el préstamo ICO quedaron impagados.

El magistrado ha indicado que tanto Domingo Parra como su mujer, ya fallecida, estaban vinculados económicamente con las sociedades que finamente se beneficiaron de los fondos obtenidos mediante este préstamo (Edioliva Promociones SL y Mapose SL) y, mantenían una relación de amistad previa a los hechos con la familia propietaria de la sociedad prestataria Pegoliva SL.

La sentencia ha descrito toda la operativa y además ha señalado que entre los años 2007 y febrero de 2011 Pegoliva SL dispuso de 4,4 millones de euros del préstamo promotor. En un primer momento, prosigue, las disposiciones se realizaron conforme a los estipulado y autorizado por el Comité de Riesgos, solventándose los problemas de liquidez de la sociedad como consecuencia de la ausencia de ventas de la promoción conforme a los cauces normales de contratación bancaria, sin que conste actuación unilateral de ningún directivo del banco al respecto.

Por el contrario, ha apuntado, a partir de noviembre de 2010, Domingo Parra, utilizando los poderes de que disponía como consejero delegado, realizó una serie de actuaciones “contraviniendo los criterios de Riesgo de los Departamentos correspondientes, en contra de los intereses de la entidad bancaria y en beneficio tanto de la empresa prestataria a la que le unían intereses económicos y de amistad, como de sí mismo y de su esposa”.

Fuente: Comunicación Poder Judicial

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¿Qué es la fiebre hemorrágica Crimea-Congo?

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fiebre hemorrágica Crimea-Congo
¿Qué es la fiebre hemorrágica Crimea-Congo?-FREEPIK

La fiebre hemorrágica Crimea-Congo es una enfermedad viral grave que ha provocado la muerte de cinco personas en España. Se detectaron los primeros casos humanos en el país en 2016, tras hallarse el virus en garrapatas capturadas sobre animales en 2010.

Transmisión y Prevención

Esta enfermedad se transmite principalmente por la picadura de garrapatas del género Hyalomma, presentes en aves migratorias, zorros, jabalíes y perros. También puede contagiarse por contacto con sangre o fluidos corporales de una persona infectada, de manera similar a la hepatitis B.

Con la llegada del buen tiempo y las actividades al aire libre, es crucial extremar las medidas preventivas. Se recomienda utilizar ropa y calzado adecuados, como mangas y pantalones largos, y aplicar repelentes tanto en humanos como en animales de compañía.

¿Cuáles son los principales síntomas?

Los síntomas aparecen de repente. Se manifiestan en forma de fiebre, dolor muscular, mareo, dolor y rigidez de cuello, lumbago, cefalea, irritación de los ojos y fotofobia (molestia ocular que se produce ante una iluminación excesiva). Además, al principio, pueden existir náuseas, vómitos, diarreas, dolor abdominal y de garganta. A esto lo siguen cambios bruscos de humor y confusión.

Al cabo de dos o cuatro días, la agitación puede dar paso a somnolencia, depresión y debilidad. También aparece dolor abdominal en el cuadrante superior derecho con hepatomegalia (agrandamiento del hígado) detectable. Otros signos clínicos que pueden manifestarse son: taquicardias; adenopatías (inflación de los ganglios linfáticos); y erupción por hemorragia cutánea en mucosas internas (boca, garganta y piel).

Habitualmente, existen signos de hepatitis. Los pacientes, muy graves, sufren un rápido deterioro renal o insuficiencia hepática o pulmonar repentina después del quinto día de enfermedad. En los casos de no haber recuperación, la muerte sobreviene durante la segunda semana y, quienes la superan, la mejoría comienza al noveno o décimo día.

Tras el contagio, ¿cuánto tarda en manifestarse la fiebre?

A continuación de la picadura sufrida por la garrapata, la fase de incubación es de uno a tres días, siendo el máximo nueve. En el contacto con sangre o tejidos infectados, el periodo de incubación es mayor, de cinco a seis días, con un máximo documentado de trece.

¿Cómo ha llegado este virus a España?

En una investigación realizada por el Centro Nacional de Microbiología del Instituto de Salud Carlos III (ISCIII), España detectó por primeros casos humanos de fiebre hemorrágica de Crimea-Congo en 2016. Seis años antes, por primera vez, ya se habían observado en garrapatas capturadas sobre animales.

Fuente: RTVE

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