Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

El Gobierno extenderá hasta mayo las principales medidas del escudo social

Publicado

en

Madrid, 25 ene (EFE).- El Gobierno tiene previsto extender hasta mayo, cuando acaba el actual estado de alarma, las principales medidas del llamado «escudo social» y para ello prorrogará los contratos de alquiler que expiren en este periodo y dará luz verde a los aplazamientos de deuda ante grandes tenedores o entidades públicas.

Junto a estas medidas, que inicialmente finalizaban este 31 de enero y que se llevarán al Consejo de Ministros de este martes, el Ejecutivo tiene previsto aprobar próximamente las prórrogas de las moratorias hipotecarias y los préstamos al consumo hasta el fin del estado de alarma, según avanzan fuentes del Gobierno de coalición.

Cabe recordar que también se ha ampliado hasta mayo la prohibición de los desahucios sin alternativa habitacional y el corte de suministros a familias vulnerables.

PRÓRROGA DE LOS CONTRATOS DE ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL

Dentro de este paquete de medidas, que busca extender la protección de los inquilinos de vivienda en situación de vulnerabilidad, el Gobierno aprobará una prórroga de los contratos de alquiler de vivienda habitual en los que finalice el periodo de prórroga obligatoria o prórroga tácita hasta que acabe el actual estado de alarma.

Esta prórroga podrá aplicarse, previa solicitud del arrendatario, por un periodo máximo de seis meses, durante los cuales se seguirán aplicando los términos y condiciones fijados en el contrato.

Según el Ejecutivo, con esta medida se concede un margen «justo y razonable» para el arrendatario que ve finalizado su contrato en un contexto en el que la movilidad está condicionada o reducida por la pandemia de coronavirus, la actividad y las rentas afectadas por la crisis y debe buscar activamente otra vivienda para alquilar.

En España el arrendador del 85 % de las viviendas en alquiler es una persona física.

Esta medida, que estaba contemplada hasta el 21 de agosto de 2020, se amplió hasta el 30 de septiembre, recientemente hasta el 31 de enero de este año y ahora se extenderá hasta la finalización del actual estado de alarma el 9 de mayo.

MORATORIA DE DEUDA ARRENDATICIA

También se regulan medidas para fijar una moratoria de la deuda arrendaticia para los inquilinos de vivienda habitual que se encuentren en una situación de vulnerabilidad a causa de la covid-19.

En concreto, se regula la aplicación automática de la moratoria de la deuda hasta que finalice el estado de alarma en caso de grandes tenedores (persona física o jurídica dueña de más de diez inmuebles urbanos, excluyendo garajes y trasteros, o una superficie construida de más de 1.500 m2) y empresas o entidades públicas de vivienda.

Con ello se aplaza temporal y extraordinariamente el pago de la renta, siempre que el aplazamiento o la condonación total o parcial de la misma no se hubiera pactado previamente entre ambos.

Si este acuerdo no se hubiese producido, el arrendador podrá optar entre una reducción del 50 % de la renta con un máximo de cuatro meses o una moratoria en el pago sin que puedan superarse, en ningún caso, los cuatro meses.

En este caso, la renta se aplazará mediante el fraccionamiento de las cuotas durante al menos tres años, la persona arrendataria no tendrá ningún tipo de penalización y las cantidades aplazadas serán devueltas al propietario sin intereses.

Inicialmente esta medida se extendía hasta julio, se prorrogó a septiembre, posteriormente hasta enero y ahora hasta mayo.

UNIDAS PODEMOS MUESTRA SU SATISFACCIÓN

Unidas Podemos ha mostrado su satisfacción por la próxima aprobación de la prórroga hasta mayo de las principales medidas del denominado escudo social tras semanas de «intensa negociación» con el PSOE.

Además, considera que estas medidas son necesarias para garantizar el derecho a la vivienda durante el estado de alarma y apunta que hubiera sido incongruente pedir a la población que procure evitar desplazamientos y reuniones, incluso con confinamientos perimetrales, sin asegurar que toda la ciudadanía cuenta con un hogar.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

Publicado

en

Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo