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La EMA registra trombos en Pfizer y Moderna, pero sin abrir una investigación

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La Haya, 29 abr (EFE).- La Agencia Europea del Medicamento (EMA) ha recibido informes sobre once casos de trombosis con trombocitopenia tras la vacunación con Pfizer y dos tras el uso de Moderna en el Espacio Económico Europeo (EEE), integrado por la UE, Noruega, Islandia y Liechtenstein, pero aun no va a abrir ninguna investigación específica y seguirá vigiando, aseguró a Efe una fuente del regulador.

Según la fuente, “si bien se han informado algunos casos” de coagulación de sangre con un nivel bajo de plaquetas, cuando se observan en el contexto de la exposición de las personas a las vacunadas, estas cifras son extremadamente bajas y no generan preocupación” como para iniciar una investigación específica del riesgo de desarrollar trombos con estos dos preparados, que usan la misma tecnología de ARN mensajero.

No obstante, añadió la fuente, la EMA “está monitoreando de cerca los casos notificados después del uso de las vacunas de la covid-19 Comirnaty (nombre comercial de la vacuna de Pfizer/BioNTech) y Moderna”, aunque “considera en este momento que no hay señales» de alarma sobre el riesgo de coagulación sanguínea con estas vacunas.

En el caso de Pfizer, se han notificado hasta el pasado 13 de abril un total de once casos de trombosis con trombocitopenia en el Espacio Económico Europeo (EEE), donde se han administrado alrededor de 60 millones de dosis de esta vacuna.

Mientras tanto, se han inyectado más de 5 millones de dosis de Moderna y solo se han notificado dos casos de trombosis con trombocitopenia en el EEE.

“A modo de comparación, con Vaxzevria (nombre comercial de la vacuna de AstraZeneca) se habían notificado 142 casos de trombosis con trombocitopenia en el EEE hasta el 13 de abril y se habían administrado más de 17 millones de dosis”, añade a EMA.

A nivel mundial, ascienden a más de 300 los casos recogidos por la red europea de procesamiento de datos sobre reacciones adversas de medicamentos en el EEE, EudraVigilance, en los que los vacunados contra la covid-19 desarrollaron coagulación sanguínea y un nivel bajo de plaquetas, lo que, incluyendo los casos europeos, divide la cifra total entre 25 casos registrados con Pfizer y 5 con Moderna, además de los 287 con AstraZeneca y 8 con Janssen.

A diferencia de las que usan el ARNm, AstraZeneca y Janssen se basan en otra técnica: un vector adenoviral derivado de un adenovirus causante del resfriado común de chimpancé y de humano, respectivamente, modificado genéticamente para que no pueda replicarse y causar la enfermedad, por lo que se ha transformado para que exprese la proteína Spike del SARS-CoV-2 en las células.

“La EMA y los Estados miembros de la UE continuarán monitoreando y evaluando cualquier información nueva, incluidos los informes sobre presuntos efectos secundarios, relacionada con todas las vacunas del covid-19, y tomarán medidas cuando sea necesario para proteger la salud pública”, advirtió la agencia, que, de momento, mantiene su respaldo científico a la seguridad de todas las vacunas autorizadas en territorio comunitario.

El comité de seguridad (PRAC) de la EMA, con sede en Ámsterdam, tuvo que abrir dos investigaciones separadas sobre el riesgo de coagulación sanguínea con las vacunas de AstraZeneca y Janssen, y concluyó que existe un “posible vínculo” entre varios casos notificados de tromboembolismos y la vacunación con estos preparados, y decidió añadir una anotación de este posible efecto secundario inusual en el prospecto de las vacunas.

De momento, las cuatro vacunas mencionadas tienen una licencia de uso condicional en la Unión Europea y se están usando activamente en las campañas de vacunación contra la covid-19.

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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