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Los 6 requisitos de la OMS para poner fin al confinamiento

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El Director General de la OMS (Organización Mundial de la Salud), Tedros Adhanom,  durante la rueda de prensa sobre la COVID-19 hizo un llamamiento a todos los países para que se aseguren de que, cuando apliquen medidas de permanencia en el hogar, no lo hagan a expensas de los derechos humanos.

Destacó que cada gobierno debe evaluar su situación, protegiendo al mismo tiempo a todos sus ciudadanos y, especialmente, a los más vulnerables.

La nueva estrategia resume lo que hemos aprendido y traza el camino a seguir. Incluye seis criterios que los países deben tener en cuenta al considerar la posibilidad de levantar las restricciones:

En primer lugar, la transmisión ha de estar controlada.

En segundo lugar, el sistema de salud ha de tener capacidad para detectar, someter a pruebas, aislar y tratar a cada caso y rastrear a cada contacto.

En tercer lugar, los riesgos de brotes deben haberse reducido al mínimo en entornos especiales como centros sanitarios y residencias de ancianos.

En cuarto lugar, se han de aplicar medidas preventivas en los lugares de trabajo, las escuelas y otros lugares adonde sea esencial que las personas acudan.

En quinto lugar, los riesgos de importación se deben poder gestionar.

Y, en sexto lugar, las comunidades deben estar completamente informadas, comprometidas y empoderadas para ajustarse a la «nueva norma».

Todos los países deberían aplicar un amplio conjunto de medidas para frenar la transmisión y salvar vidas, con el objetivo de alcanzar un estado estable de bajo nivel de transmisión o de ausencia de transmisión.

Los países deben alcanzar un equilibrio entre las medidas para abordar la mortalidad causada por la COVID-19 y aquellas relacionadas con otras enfermedades debidas al desbordamiento de los sistemas de salud, así como las repercusiones económicas y sociales.

A medida que la pandemia se ha ido extendiendo, sus repercusiones socioeconómicas y para la salud pública han sido profundas y han afectado de manera desproporcionada a las personas vulnerables. Muchas poblaciones ya han experimentado una falta de acceso a los servicios de salud rutinarios y esenciales.

Nuestra conexión mundial significa que el riesgo de reintroducción y resurgimiento de la enfermedad continuará.

En última instancia, será necesario que se desarrolle y ofrezca una vacuna segura y eficaz para interrumpir totalmente la transmisión.

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Así es la nueva Ley para Influencers: todo lo que cambia y a quién afecta

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Ley para Influencers
Marta Lozano-INSTAGRAM

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto que establece las pautas para la regulación de los ‘influencers’, definiendo criterios específicos para considerar a una persona como tal. Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de facturar al menos 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (‘influencers’) basándose en tres criterios clave. Además del aspecto económico, se considera relevante la audiencia, con un requisito de al menos un millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en su actividad global. También se establece un requisito de actividad, que incluye la publicación o compartición de al menos 24 vídeos al año.

Ley para Influencers

Los ‘influencers’ que cumplan con estos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia en un plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor del decreto.

Una vez inscritos, estarán sujetos a cumplir con las normativas de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Esto incluye la identificación de espacios publicitarios y la prohibición de publicitar tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se equipararán a las de otros agentes audiovisuales.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, destacó la importancia de homologar a estos creadores de contenido con otros actores del ámbito audiovisual, especialmente en lo relacionado con la protección de menores y la transparencia en la publicidad.

Se establece también la obligación de identificar claramente la publicidad y etiquetar el contenido según las edades a las que va dirigido. Los ‘influencers’ deberán acordar un código de conducta al respecto con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En cuanto a la publicidad, se prohíbe la promoción de tabaco, alcohol o medicamentos, así como cualquier contenido que pueda causar perjuicio psicológico o físico a menores.

Esta regulación busca garantizar una mayor protección a los consumidores y ofrecer seguridad jurídica a los ‘influencers’, que han adquirido una relevancia económica notable en las plataformas de intercambio de vídeos donde difunden sus contenidos.

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