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Consumo

Estos son los 9 servicios de atención al cliente por los que Vodafone cobrará 2’5 euros

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Vodafone, la compañía de telecomunicaciones, ha aumentado los servicios por los que cobrará 2’5 euros. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha denunciado a la empresa por cobrar a sus clientes por algunos servicios prestados vía telefónica al considerarlo contrario a la normativa de protección de consumidores.

A pesar de todas las críticas recibidas, Vodafone sigue adelante en su empeño de hacer aún más caja y aumenta el número de servicios por los que exigirá el pago 2,5 euros. Estos son los 9 servicios:

  1. Consulta de PIN o PUK
  2. Consulta de permanencia
  3. Solicitud de duplicados de factura
  4. Cambio en la dirección de facturación
  5. Cambio del número de cuenta bancaria

Y a partir de este 21 de junio se añaden:

  1. Información de consumo, tanto voz como datos
  2. Restricción de llamadas en el móvil. Esto puede ser por robo, pérdida, para evitar llamadas internacionales o para bloquear números 900
  3. Restricción SMS Premium
  4. Gestión contestador

En OCU recuerdan que el pasado mes de febrero ya denunciaron a Vodafone ante la Dirección General de Consumo de la Comunidad de Madrid por entender que el cobro por las gestiones señaladas que forman parte del servicio de atención al cliente vulnera la normativa de protección de los consumidores.

Esta situación «nos sigue pareciendo inaceptable y resulta un claro perjuicio para los clientes, sobre todo para aquellos menos familiarizados con el uso de internet, especialmente las personas mayores. Y aunque hoy día no hemos recibido ninguna respuesta por parte de las autoridades, seguimos considerando injustificable este sobrecoste que la compañía cobra a sus clientes haciéndonos creer que es por mejorar el servicio de atención al cliente mediante el fomento de la utilización del área de cliente (web) y la App Mi Vodafone», señala OCU.

La organización detalla que «aunque la utilización del área de clientes o la App pueda resultar útil para algunos clientes, su uso debería ser opcional, y no venir condicionado por la existencia de una tasa claramente ilegal. Además, en el caso del PUK, al usuario que no cuente previamente con la App o registro en área de clientes, le hará pasar por el aro sí o sí, ya que para el alta en estos servicios suele ser necesario recibir algún SMS».

En OCU recuerdan que el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios en su artículo 21 indica expresamente que, existiendo una línea telefónica habilitada para comunicarse con el cliente en relación con el contrato celebrado, el coste de la llamada no podrá ser superior a la tarifa básica. El Abogado general de la UE recuerda que un coste superior a la tarifa básica, lo equiparable a lo que pagaríamos por estas consultas, resulta disuasoria para el consumidor a la hora de contactar con el comerciante, y además considera que el servicio de atención al cliente está incluido en el precio.

Desde OCU perciben que el cerco de gestiones incluido por Vodafone es tan cerrado que abarca un número importante de consultas habituales, con lo que «entendemos que esta es una manera indirecta de cobrar al usuario una cantidad muy elevada por la llamada. Consideramos este movimiento como una estratagema de Vodafone para cobrar por un servicio de atención al cliente, que la ley establece que no debe tener ningún coste adicional por su prestación».

En el mismo sentido, la ley establece que las oficinas y servicios de información y atención al cliente serán diseñados utilizando medios y soportes que sigan los principios de accesibilidad universal y, en su caso, medios alternativos para garantizar el acceso a los mismos a personas con discapacidad o personas de edad avanzada.

«Si tenemos en cuenta que la consulta telefónica será la única opción viable para personas de edad avanzada o con visibilidad reducida, entendemos que tampoco se está respetando la accesibilidad universal», defiende OCU en un comunicado.

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Consumo

Alertan del hallazgo de ingredientes no aptos para el consumo en botes de encurtidos Corbí

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La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (Aesan) ha alertado del hallazgo de ingredientes no aptos para el consumo en botes de encurtidos de varios formatos de la marca Corbí, empresa de Carcaixent, y ha recomendado a quien los tenga que se abstenga de consumirlos.

Aesan ha sido informada por la Comunitat Valenciana, a través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (Sciri), de esta situación en botes de cóctel de aceitunas, aceitunas partidas Jaén y piparras dulces en aceite de oliva.

Se recomienda a las personas que tengan en su domicilio los productos incluidos en esta alerta se abstengan de consumirlos, en todos los lotes y en todas las fecha de consumo preferente.

Imagen de diferentes encurtidos. Archivo/ EFE/EMILIO LÓPEZ

Según la información disponible, la distribución inicial ha sido a las comunidades autónomas de Cataluña, Comunitat Valenciana, Cantabria, Madrid, Andalucía, Islas Baleares, Murcia, Extremadura y Castilla-La Mancha, si bien no es descartable que puedan existir redistribuciones a otras regiones.

Esta información ha sido trasladada igualmente a las autoridades de las comunidades autónomas a través del Sciri para verificar la retirada de los productos afectados de los canales de comercialización.

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