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Carles Puigdemont, detenido en Cerdeña por la orden de busca y captura del Supremo

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Puigdemont candidato Junts

Estaba prófugo de la Justicia española desde el otoño de 2017

El expresidente del gobierno catalán, Carles Puigdemont, ha sido detenido este jueves en Cerdeña en virtud de la orden de busca y captura del Tribunal Supremo, emitida en su momento por el juez Pablo Llarena. Puigdemont se había desplazado a la localidad para asistir a un evento

El pasado el juez Llarena dictó orden europea e internacional de detención contra Puigdemont por delitos de sedición y malversación

El magistrado de la Sala Segunda del Tribunal Supremo Pablo Llarena dictó un auto, tras notificarse la sentencia de la causa del ‘Procés’, en el que emite orden europea e internacional de detención y entrega del expresidente de la Generalitat de Cataluña Carles Puigdemont por los delitos de sedición y malversación de caudales públicos, acordando su búsqueda e ingreso en prisión. El juez instructor de la causa ha considerado plenamente justificada la petición en tal sentido que ha sido cursada por escrito por la Fiscalía.

El auto recuerda que si la sola imputación fue propiciatoria de la huida de algunos de los presuntos responsables y justificaría por sí misma la orden de detención europea, las condenas pronunciadas contra los encausados no evadidos propicia el riesgo de que a partir de ahora los prófugos busquen reforzar su huida refugiándose en países que no formen parte de la Unión Europea y, por tanto, que no hayan asumido el compromiso de cooperación que rige en la Unión.

En ese sentido, Llarena destaca que en la UE rige el principio de confianza en el funcionamiento de los Jueces y Tribunales de otros países -principio libremente asumido por los Estados miembros-, y se cuenta con un procedimiento judicial simplificado y transfronterizo que facilita la entrega de los presuntos delincuentes que se establezcan en el territorio de un Estado miembro distinto de aquel en el que cometieron el delito, o distinto de aquel al que acuden a perpetrar sus acciones delictivas.

El auto señala que la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha dictado hoy la sentencia que pone término al proceso respecto de los acusados enjuiciados, y proclama la naturaleza delictiva de los hechos objeto de acusación, así como que el comportamiento que suscitaba las discrepancias de subsunción en los tipos penales de rebelión, sedición o desobediencia (en la tesis alternativa de las defensas), son constitutivos de un delito de sedición previsto y penado en los artículos 544 y 545 del Código Penal.

Según expone el juez, la sentencia parte de los hechos que el auto de procesamiento imputaba a todos los procesados, lo que se refuerza con una significativa cercanía entre la aportación concreta atribuida al condenado Oriol Junqueras y el procesado en rebeldía Carles Puigdemont, de lo que puede concluirse -más allá de lo que resulte en su día del juicio oral que llegue a celebrarse- que los indicios racionales de criminalidad que apuntaba la instrucción y que se reflejaron en el auto de Procesamiento, no sólo persisten, sino que cuentan hoy con una sentencia que opera como elemento de refuerzo respecto del pronóstico de responsabilidad del fugado.

Levantamiento de la suspensión como parlamentarios de Puigdemont y Comín

El juez explica además que la subsunción de los hechos en delito de sedición según la sentencia tiene una indudable incidencia respecto del pronóstico de responsabilidad atribuible a los fugados, por lo que acuerda también comunicar a la Mesa del Parlamento autonómico de Cataluña que los procesados y miembros de dicho Parlamento Carles Puigdemont y Antoni Comín no les resulta ya aplicable la suspensión del artículo 384 Bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que se refiere a procesados por delito de rebelión.

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El Banco Sabadell rechaza la propuesta de absorción del BBVA

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Fusión BBVA-Sabadell
Vista de la sede corporativa del Banco Sabadell em Sant Cugat del Vallés (Barcelona). EFE/Toni Albir/Archivo

Barcelona, 6 may (OFFICIAL PRESS-EFE).- El consejo de administración del Banco Sabadell ha rechazado la propuesta de absorción que había lanzado la semana pasada el BBVA, según ha comunicado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

El órgano de gobierno del Sabadell, que en 2020 ya había frustrado un primer intento del BBVA por integrar a la entidad, considera que la oferta no solicitada «infravalora significativamente» al banco y sus perspectivas de crecimiento como entidad independiente.

El Sabadell agrega a sus motivos para descartar la absorción la volatilidad de las acciones del banco que preside Carlos Torres en los últimos días, lo que genera una «incertidumbre adicional» sobre la propuesta, que ofrecía canjear un acción del BBVA por cada 4,83 del Sabadell.

En solitario, el banco con sede operativa en Sant Cugat (Barcelona) y social en Alicante considera que generará un mayor valor para sus accionistas.

En base a ese análisis, y asesorado por Goldman Sachs, Morgan Stanley y el bufete Uría Menéndez, el consejo que lidera Josep Oliu ha concluido tras reunirse este lunes que el rechazo a la propuesta satisface los intereses del banco, sus accionistas, clientes y empleados.

La entidad ha insistido hoy en su compromiso de distribuir entre los inversores, de manera recurrente, cualquier exceso de capital por encima del 13 % de la ratio solvencia CET1, que según sus cálculos puede ascender a 2.400 millones de euros este año y el próximo, junto con los dividendos recurrentes de ese periodo.

Frustrada la mayor fusión desde 2020

La operación, que podía ser la mayor fusión bancaria en España desde la de CaixaBank y Bankia, en 2020, aspiraba a crear un gigante financiero con 986.924 millones de euros en activos, según datos del cierre del primer trimestre de 2024, y elevar al BBVA al tercer puesto de la banca europea, solo por detrás de BNP Paribas y Santander.

La propuesta financiera con la que BBVA sorprendió al mercado la pasada semana suponía una prima del 17 % respecto al cierre de los títulos de ambas entidades el martes, después de que se hiciera público el interés por iniciar conversaciones de cara a una posible fusión.

Desde entonces, las acciones del Sabadell se han revalorizado en torno a un 4,5 % y las del BBVA han retrocedido cerca de un 3,3 %.

Según los términos de la propuesta, los inversores del Sabadell conservarían en total un 16 % de la entidad resultante, que mantendría la denominación social y la marca de BBVA, aunque conservaría también la opción de utilizar de manera conjunta ambas marcas en ciertas regiones y áreas de negocio.

BBVA calculaba que la absorción amplificaría la capacidad de la nueva entidad para facilitar crédito en 5.000 millones adicionales al año y aseguraba que se traduciría en una remuneración «creciente» para los accionistas.

Hace cerca de cuatro años, en el primer intento de fusión, el Sabadell tampoco aceptó el canje accionarial que tenía sobre la mesa, estrechamente ligado al reparto de poder en la entidad resultante.

Composición del consejo

El consejo del Sabadell, que ha tomado la decisión de mantener la independencia del banco, está compuesto por el presidente, Josep Oliu, y otros quince miembros, entre ellos el vicepresidente Pedro Fontana y el consejero delegado César González-Bueno.

Se incluyen también los independientes George Donald Johnston III, Aurora Catá, Lluís Deulofeu, Mireya Giné, Laura González, Alicia Reyes, Manuel Valls y Pere Viñolas, así como María José García (con consideración de otra externa) y el exsecretario de Economía David Vegara.

David Martínez, con una participación del 3,49 % en el accionariado, según datos de la CNMV, es el único consejero dominical, mientras que Miquel Roca y Gonzalo Barettino son secretario y vicesecretario no consejeros, respectivamente.

La propuesta de fusión por absorción contemplaba que tres miembros del actual consejo del Sabadell, elegidos de común acuerdo entre ambas partes, se incorporaran al de BBVA como consejeros no ejecutivos, uno de ellos con una vicepresidencia.

 

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