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Sanidad indemnizará con 93.000 euros a la familia de una mujer que murió de un ictus diagnosticado como «mareo»

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Jun. (EUROPA PRESS) – La sección segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha condenado a la Conselleria de Sanidad a indemnizar con 93.000 euros a los familiares directos de una mujer gallega que falleció de un ictus que no fue detectado en el Hospital de Torrevieja (Alicante), al que llegó con dolor intenso de cabeza, vómitos y pérdida de conciencia pero de donde recibió el alta con el diagnóstico de «mareo».

Según los hechos relatados en la sentencia, dada a conocer por la asociación El Defensor del Paciente, la mujer, de 65 años, acudió al Hospital de Torrevieja el 1 de enero de 2014 con un dolor de cabeza «intenso» de cuatro horas de evolución y con «debilidad, náuseas, vómitos e incluso pérdida de conciencia», que le provocó una caída.

En el centro de Torrevieja «no se le realizó ningún tipo de prueba diagnóstica, salvo una analítica» y recibió el alta con el diagnóstico de «mareo». Sin embargo, seis días después, el 7 de enero, acudió a su médico de Atención Primaria en Vigo que la derivó al hospital de la ciudad. Allí, se remarca que en Torrevieja no se le hizo un TAC craneal y es ingresada en la UCI por «rápido empeoramiento» hasta llegar al nivel 5 de coma de Glasgow. La mujer falleció finalmente el día 9.

Por estos hechos, los hijos y su marido interpusieron una reclamación patrimonial administrativa y posterior recurso contencioso administrativo por el anormal funcionamiento del servicio público de salud valenciano.

Ahora, la sentencia del TSJCV avala la versión de la familia y aprecia que la asistencia médica en el Hospital de Torrevieja fue negligente por cuanto no se exploró a la paciente y no se practicó prueba diagnóstica alguna.

La sala llega al convencimiento de que, de haberse realizado una anamnesis correcta (información recopilada por el médico) y realizado un TAC en la primera asistencia, se habría podido detectar la situación y actuar en consecuencia. «En el presente caso, no hay duda, por tanto, de que se produjo una mala praxis en el Hospital de Torrevieja en su servicio de Urgencias: no consta que se le practicara la anamnesis correctamente», señala el fallo.

La sentencia obliga a la Generalitat Valenciana a indemnizar a los tres hijos y al cónyuge, a tenor del concepto jurídico de pérdida de oportunidad terapéutica, con la cantidad de 93.000 euros más los intereses legales desde la fecha de la interposición de la reclamación administrativa, 75.000 para el marido y 6.000 para cada uno de los tres hijos.

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Suben a 8 las víctimas, 5 de ellas menores, por agresión sexual de un miembro de una relevante iglesia evangélica valenciana

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agresión sexual iglesia evangélica valenciana
Suben a 8 las víctimas, 5 de ellas menores, por agresión sexual de un miembro de una relevante iglesia evangélica valenciana-ARCHIVO FREEPIK

València, 17 may (OP-EFE).- Un miembro relevante de una asociación de carácter religioso de Valencia permanece en prisión, por riesgo de fuga y de reiteración delictiva, acusado de haber agredido sexualmente a ocho personas de las que, al menos, cinco serían menores de edad, según fuentes judiciales.

La Policía Nacional ya informó en julio de 2023 de la detención de este hombre de 30 años en una localidad de la comarca valenciana de l’Horta que aprovechaba su condición de «miembro destacado» de una entidad religiosa para ganarse la confianza de menores de corta edad, a tres de las cuales agredió sexualmente e hizo tocamientos durante años.

A ese hombre, de origen paraguayo, se le acusaba entonces de realizar tocamientos a tres niñas y de dos delitos de exhibicionismo y provocación sexual por mostrar contenido pornográfico, incitar a prácticas sexuales y masturbarse delante de dos niños.

La investigación se inició después de que se tuviera conocimiento de que dos hermanas, una de ellas menor de edad, podían haber sido agredidas sexualmente por un hombre amigo de la familia.

Al parecer, el hombre habría comenzado a agredir a la mayor de ellas cuando él era también menor de edad y la víctima apenas tenía 5 años, sometiéndola a tocamientos durante más de diez años.

Asimismo, averiguaron que la otra hermana, también menor de edad, también habría sufrido este tipo de conductas en varias ocasiones aprovechando que el hombre recogía a la niña del colegio cuando su madre trabajaba y se quedaba a solas con ella en el domicilio.

Durante la investigación, los agentes descubrieron otra agresión sexual cometida por el investigado a otra menor, así como de otro hecho también de índole sexual ocurrido con dos jóvenes cuando estos también eran menores, donde al parecer, el hombre les habría mostrado contenido pornográfico incitándoles a realizar prácticas sexuales mientras se masturbaba.

El hombre aprovechaba la diferencia de edad con las víctimas y su inmadurez, ya que la mayoría tenía entre 5 y 8 años, para lograr una escasa resistencia. Además les convencía para que no contaran nada de lo sucedido a sus progenitores y les hacía creer que era un juego secreto entre ellos.

Las novedades judiciales del caso

Este viernes, el Tribunal Superior de Justicia valenciano ha confirmado que el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 4 de Mislata tiene abiertas esas diligencias previas desde junio de 2023 tras la detención del sospechoso por la Policía Nacional como presunto autor de cinco delitos de agresión sexual contra menores de edad.

El pasado 9 de febrero, el nuevo titular del juzgado, tras recibir declaración de dos de esas víctimas como prueba preconstituida, convocó una comparecencia de prisión y, a petición de la Fiscalía y la acusación particular, decretó el ingreso en prisión provisional, comunicada y sin fianza del investigado.

El juez tomó esa medida al apreciar un evidente riesgo de fuga y de reiteración delictiva, y también le impuso medidas cautelares de prohibición de aproximación y de comunicación respecto a las cinco víctimas contabilizadas en ese momento.

El pasado 12 de abril, el juez dictó un nuevo auto en el que denegó la petición de libertad formulada por la defensa del investigado, ya que entendía que persistía el riesgo de fuga y de reiteración delictiva, riesgo que no podía conjurarse con medidas menos restrictivas que la prisión preventiva.

A ello se suma el hecho de que la Policía hubiera presentado un nuevo atestado donde hacía constar la existencia de tres nuevas víctimas, con lo que el número total de éstas ascienden ya a ocho, señalan desde el TSJCV.

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