Síguenos

PORTADA OFFICIAL PRESS

Determinan que una «conexión irregular» a la red de saneamiento provocó el cierre de playas por vertidos

Publicado

en

Valencia, 11 sept. – La Comisión Técnica de Playas constituida el 11 de julio para detectar el origen de los vertidos que obligaron a cerrar nueve playas en el área de València y de l’Horta Nord ha concluido que la conexión irregular a la red de saneamiento es la responsable de los positivos en los análisis.

El informe final confirma así las primeras hipótesis y reconoce la necesidad de que los ayuntamientos corrijan los enlaces irregulares de edificios y viviendas a la red de acequias.

La Dirección General del Agua ha avanzado su disposición a colaborar con los municipios cuando sea necesario y ha emplazado a nuevas reuniones con representantes de los ayuntamientos afectados, de las comunidades de regantes y de la Diputación de Valencia.

Los técnicos han disociado los episodios ocurridos en el entorno de València con los del resto de playas -cerradas a consecuencia de las lluvias de las últimas dos semanas- y que se enmarcan dentro de los parámetros de los últimos años.

La comisión, en los últimos dos meses, ha recogido muestras en diferentes tramos de las acequias para tomar una «foto fija» de la situación. Destacan que la efectividad de las medidas de desinfección, puestas en marcha como plan de choque para garantizar la seguridad de los bañistas, demuestra claramente dónde se encuentra el origen del problema.

Los responsables de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica han agradecido la labor del personal técnico de la comisión, que, en todo momento, han colaborado y trabajado conjuntamente en favor de la seguridad de las personas y del análisis científico de las muestras.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

PORTADA OFFICIAL PRESS

El Gobierno obligará a patinetes eléctricos a contratar un seguro a partir de esta fecha

Publicado

en

Seguro patinete eléctrico
En la imagen, una persona circula en un patinete bajo la lluvia en la ciudad de València. EFE / Manuel Lorenzo/Archivo

El Gobierno ha aprobado un proyecto de ley que introduce la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil para los propietarios de un patinete eléctrico. Además, se establecerá un registro para estos vehículos ligeros que deberá estar operativo antes del 2 de enero de 2026.

Asimismo, se ampliará la definición de vehículo de motor para incluir una amplia gama de maquinaria, como la agrícola y la de construcción. Los propietarios de estos equipos deberán contratar un seguro obligatorio del automóvil, con el objetivo de facilitar la resolución de siniestros.

A partir de ahora, se considerarán vehículos a motor aquellos que puedan alcanzar una velocidad máxima de fabricación superior a 25 kilómetros por hora o que tengan un peso neto superior a 25 kg y una velocidad máxima de fabricación de más de 14 km/h.

MÁS DE 2 MILLONES DE MÁQUINAS ASEGURADAS Y 200 MILLONES DE EUROS

En total, más de dos millones de máquinas deberán asegurarse, lo que representará un negocio de 200 millones de euros, de los cuales 30 millones repercutirán en los distribuidores, según la Fundación Inade.

El objetivo es «mejorar la cobertura, las indemnizaciones y la seguridad de las víctimas de accidentes de tráfico», según anunció la ministra de Educación y Formación Profesional y portavoz del Ejecutivo, Pilar Alegría.

El Gobierno ha dado luz verde a la ley que modifica el texto refundido de la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor de 2004, colocando a España entre los países que han adoptado la última directiva europea aprobada en noviembre de 2021. Esta directiva aclara qué debe considerarse un vehículo a motor y el «hecho de la circulación».

EL SEGURO PARA PATINETES ELÉCTRICOS

Conforme a la jurisprudencia europea, el concepto de «hecho de la circulación» se amplía para incluir «toda utilización de un vehículo» en el momento del accidente, independientemente de sus características, el terreno y si el vehículo está parado o en movimiento.

La nueva legislación también introduce mejoras en el sistema de valoración de indemnizaciones por daños personales causados por accidentes de circulación, empleando un nuevo «baremo». Además, una comisión de expertos estudiará la conveniencia de un seguro obligatorio para los nuevos vehículos de movilidad personal.

El procedimiento para el cálculo y pago de indemnizaciones se agiliza, con el objetivo de lograr una resolución rápida sin necesidad de recurrir a los juzgados. Las coberturas se actualizarán conforme al Índice de Precios al Consumo.

INDEMNIZACIONES CUBIERTAS EN CASO DE INSOLVENCIA DE LA ASEGURADORA

La directiva también ordena que un fondo de garantía en cada país cubra las indemnizaciones a las víctimas en caso de insolvencia de la entidad aseguradora, tarea que en España corresponde al Consorcio de Compensación de Seguros.

La norma introduce cambios en la ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras, mejorando las facultades de control para garantizar la idoneidad de las personas que dirigen las aseguradoras y mediante la implementación de planes preventivos de recuperación.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram.

Continuar leyendo