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El Supremo confirma 9 años de cárcel para la exconsellera Milagrosa Martínez por Fitur

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La Sala II del Tribunal Supremo ha confirmado íntegramente la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Valencia que condenó a penas de entre 3 y 13 años de cárcel a 11 acusados de amañar contratos entre la Generalitat valenciana y la trama Gürtel para la feria de turismo FITUR en las cinco ediciones que van desde 2005 a 2009. Entre las condenas destacan los 13 años y 3 meses de prisión para Pablo Crespo; 13 años para Francisco Correa; y 12 años y 3 meses para Álvaro Pérez, los tres considerados ‘cabecillas’ del entramado Gürtel, así como los 9 años de prisión impuestos a la exconsejera valenciana de Turismo Milagrosa Martínez.

Es la primera causa relacionada con la trama Gürtel que tiene ya sentencia firme del Supremo. El alto tribunal, en sentencia de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, ha desestimado los recursos de las 11 personas condenadas, cuyas penas quedan así ratificadas.

Además de los cuatro acusados citados, son condenadas otras 7 personas: Isaac Vidal, funcionario de la Agencia Valenciana de Turismo, a 7 años de cárcel; Rafael Betoret, exjefe de Gabinete de la Consejería de Turismo, e Isabel Jordán, ex administradora de algunas sociedades de Gürtel, a 6 años de prisión cada uno; Cándido Herrero, exempleado de la empresa Orange Market, a 4 años y 4 meses; Jorge Guarro, exjefe de Promoción de la Agencia Valenciana de Turismo, a 4 años; y Mónica Magariños, exempleada de Orange Market, y Ana Grau, excoordinadora de Ferias de la Agencia Valenciana de Turismo, a 3 años cada una.

El Supremo confirma que Francisco Correa, Álvaro Pérez y Pablo Crespo cometieron delitos de malversación de caudales públicos; cohecho activo; tráfico de influencias; y asociación ilícita; a los que se suma el de falsedad documental en el caso de Crespo. La exconsejera Milagrosa Martínez cometió, según la sentencia, delitos de malversación de caudales públicos, cohecho pasivo, y prevaricación administrativa.

Entre otras multas, Correa, Crespo y Pérez deberán abonar 3,9 millones de euros cada uno por el delito de tráfico de influencias. Además, la sentencia confirmada establece que los 3 citados más Isabel Jordán, Milagrosa Martínez, Betoret, Vidal y Guarro, indemnicen de forma solidaria a la Generalitat valenciana en la cantidad de 271.636 euros, con responsabilidad solidaria parcial también de Mónica Magariños y Cándido Herrero.

Los hechos probados de la sentencia del TSJ valenciano, dictada el 8 de febrero de 2017, relatan las irregularidades cometidas por directivos y empleados de empresas de la trama Gürtel, de un lado, y por la consejera de Turismo, y técnicos, políticos y funcionarios de ese departamento en Valencia, de otro, para adjudicar los contratos para la concurrencia en ferias de turismo en las anualidades de 2005,2006, 2007, 2008 y 2009. Así, constituyeron la empresa Orange Market, que se relacionaba directamente con la Consejería y con las otras sociedades del entramado, y a quien se hacían las adjudicaciones.

La sentencia expone que las relaciones del grupo de empresas con la administración eran tan fluidas, antes y durante la adjudicación de los contratos, que se produjo un “desembarco” y de hecho una ‘sustitución’ de la administración por las empresas de Gürtel, pues eran ellas las que confeccionaban y redactaban los contratos, siempre admitidos por la Administración, realizaban los planos, e incluso diseñaban los criterios de valoración de las propuestas.

Esa ‘toma’ por parte del grupo de empresas Gürtel de una unidad administrativa de la Consejería de Turismo de la Generalitat valenciana fue posible, explica la resolución, por las relaciones personales de amistad surgidas entre Correa, Pérez y Crespo, con Milagrosa Martínez y funcionarios del departamento, “por el conocimiento personal derivado de la participación del grupo en anteriores campañas con el partido político que sustentaba el gobierno de la Comunidad autónoma, y sostenida, posteriormente, con los regalos que se realizaban por las fiestas de Navidad”.

El alto tribunal resalta como lo característico de los delitos de corrupción es la obtención de puestos dentro del Estado, directamente o a través de influencias, “para delinquir, para obtener ventajas patrimoniales, para desmantelar al Estado, o para apropiarse del patrimonio del Estado”. “Desde esa ocupación, directa o indirecta, se utiliza el puesto estatal para extorsionar a personas, físicas o jurídicas, o para asegurarse la adjudicación de contratos, propiciando situarse en los dos lados de la contratación, como Estado y como adjudicatario de la concesión o del contrato, alterando las condiciones de la libre concurrencia”, señalan los magistrados.
La sentencia indica que la reacción de los códigos penales frente a esas conductas ha sido tipificar nuevas figuras penales, como el tráfico de influencias o el fraude a la administración, que se han unido a las clásicas de prevaricación, malversación o cohecho.

Todas ellas “dirigidas -según recalca el Supremo- a reprimir conductas antisociales en las que la lesión a la ciudadanía es mucho mayor que la que se deriva del coste patrimonial consecuente a un enriquecimiento ilícito, pues se ponen en cuestión aspectos básicos de la ordenación social como los principios de transparencia, de igualdad de oportunidades, de objetividad en el ejercicio de la función pública, y, por ende, el propio funcionamiento del sistema democrático que se cuestiona con los comportamientos en los que el sistema de poder es empleado para el enriquecimiento de unos pocos en detrimento de la ciudadanía”.

Entre los delitos confirmados por el Supremo figura el de asociación ilícita, del que se considera responsables a Correa, Crespo, Pérez, Jordán, Magariños y Herrero, ya que el alto tribunal entiende que en el relato fáctico se describen los elementos del tipo penal: un “entramado de sociedades, estructurado y jerarquizado, para participar en licitaciones públicas con vulneración de la legislación administrativa y los principios de transparencia que deben guiar la acción administrativa”.

En cuanto a la nulidad de la causa reclamada por varias defensas por lo que consideraban vulneración de su derecho a la intimidad debido a la grabación realizada por el exconcejal de Majadahonda José Luis Peñas, que dio origen al proceso, la Sala analiza su propia doctrina y concluye que “ninguna lesión se produce cuando el inicio de las actuaciones resulta de las grabaciones que una persona aporta a la investigación y son objeto de la pesquisa judicial y policial, sujeta a los principios y garantías propios de un sistema procesal observante de los derechos fundamentales”.

Añade que se trata de una conversación grabada por un particular de los sucesivos encuentros que mantuvo con los acusados: “Si esos encuentros son libres y espontáneos entre dos particulares, y uno de los cuales decide grabarlas, no supone una afectación del derecho fundamental de la persona que interviene en la conversación, pues con independencia de su valoración ética y moral, lo prohibido es la indagación de la intimidad por parte de los órganos públicos de investigación sin observancia de las garantías legales y constitucionales”. Otra cuestión distinta, según el tribunal, es la relevancia que se deba dar en la prueba de los hechos a esas grabaciones, cuya valoración dependerá en cada supuesto de la corroboración de las testificales oídas en el juicio.

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Dos farmacéuticas de Barcelona, madre e hija, entre las víctimas del ataque en Afganistán

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españoles muertos Afganistán
Susana Vilar (d) y su hija Elena (i), las dos mujeres asesinadas en un mercadillo en Bamiyán, Afganistán. Facebook / Redes

Dos mujeres y un hombre son las víctimas mortales del ataque ocurrido este viernes en Bamiyan, Afganistán. Las dos mujeres, madre e hija, habían llegado al país el 15 de mayo, dos días antes de ser asesinadas por un hombre que emergió de un callejón y disparó cerca del mercado donde estaban comprando junto a otros turistas, según informó el ministro de Exteriores, José Manuel Albares.

Ambas mujeres eran farmacéuticas de la provincia de Barcelona. La madre tenía una farmacia en la estación de Sants de Barcelona y había transmitido su pasión por la farmacia a sus tres hijas, quienes desde hace aproximadamente diez años gestionaban otro establecimiento en Terrassa, la farmacia Les Arenes.

Españoles muertos en Afganistan

El pasado miércoles, su hija de 31 años tomó unos días de vacaciones para viajar a Afganistán con su madre, un viaje de placer como otros que solían hacer, según explicó a Efe una persona que trabaja en su farmacia, situada en el barrio de Les Arenes-La Grípia-Can Montllor.

«Esta mañana, la familia nos envió un mensaje al grupo de la farmacia para explicarnos lo sucedido», relató una empleada de la farmacia, visiblemente afectada. «Nos hemos enterado de las muertes, pero no sabemos más y no queremos molestar a la familia con preguntas. Es tremendo lo que ha pasado», expresó.

Actualmente, los cuerpos de las dos mujeres y del otro catalán fallecido, R.B.R., nacido en Girona, han sido trasladados al Ministerio de Justicia en Kabul para organizar el proceso de repatriación, según informaron las autoridades afganas.

Los tres formaban parte de un grupo de 13 turistas, en el que también resultó gravemente herido otro español, además de personas de Noruega, Australia y Lituania. Otros dos españoles del grupo salieron ilesos y planean regresar a España este domingo. En el ataque también murieron tres civiles afganos, elevando el total de víctimas a seis.

Estado Islámico, autor de casi todos los ataques

El grupo yihadista Estado Islámico, principal rival de los talibanes desde la retirada de las tropas internacionales, ha reivindicado la mayoría de los ataques cometidos desde que los talibanes asumieron el poder.

Aunque los talibanes insisten en negar que la organización armada representa un desafío de seguridad, el Estado Islámico de Khorasan, la rama afgana del grupo terrorista, se ha erigido como la principal amenaza a la estabilidad del país.

La ciudad de Bamiyán, ubicada a unos 130 kilómetros de Kabul, es una de las principales localidades turísticas del país y es Patrimonio de la Humanidad de la UNESCO. Sin embargo, desde la llegada de los talibanes al poder en agosto de 2021, el turismo extranjero ha disminuido considerablemente.

La embajada de España en Afganistán recomienda a los ciudadanos españoles no viajar al país debido a los riesgos que conlleva. La misión diplomática, al igual que la mayoría de las delegaciones internacionales, suspendió sus actividades tras la toma de Kabul y la retirada de las tropas internacionales a mediados de 2021, operando temporalmente desde Doha sin posibilidad de ofrecer atención directa o protección, según la propia embajada.

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