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Se abre juicio oral por asesinato al yerno de la viuda del expresidente de la CAM

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ALICANTE, 14 Ene. (EUROPA PRESS) – El juez del Juzgado de Instrucción número 7 de Alicante ha decretado la apertura de juicio oral contra Miguel López, único acusado por la muerte de su suegra, María del Carmen Martínez, viuda de Vicente Sala, expresidente de la CAM, que murió de dos disparos en la cabeza en diciembre de 2016 en el concesionario de coches Novocar que regentaba el procesado, que será juzgado por un tribunal popular.

En el auto, el magistrado instructor, tras la vista preliminar celebrada el pasado 8 de enero y en la que las distintas acusaciones y la defensa fijaron sus posiciones, considera que los hechos descritos pueden ser constitutivos de un asesinato y tenencia ilícita de armas, por lo que es necesaria la apertura de juicio oral para juzgar al acusado en base a tres hechos que sintetiza: la existencia de un «profundo conflicto económico, familiar y societario» por el control del grupo de empresas de los Sala; la ejecución de un plan trazado para matarla cuando estuviera «en el lugar y tiempo elegido como más favorable a sus fines» y la adquisición de un arma sin disponer de licencia.

Por ello, y pese a la petición de la defensa de sobreseer la causa, el magistrado instructor sostiene que no procede acordarlo por apreciar «la subsistencia de elementos indiciarios suficientes en la instrucción contra el acusado, para sostener las acusaciones formuladas», que permiten continuar la acción penal por el fiscal y la acusación particular que representa Vicente Sala hijo, ya que la ejercida por las hermanas –una de ellas casada con el acusado– fue apartada del procedimiento dado que, al igual que la defensa, pedía el archivo.

Tanto Fiscalía como la acusación particular que representa al hijo de la víctima solicitan penas de casi 25 años para Miguel López. Según precisa el juez en el auto, con la decisión de abrir juicio oral no se trata de «anticipar el resultado de la actividad probatoria a desarrollar en el ato de juicio oral, pero sí de constatar que el material probatorio existente en los autos pueda resultar en prueba directa e indiciaria suficiente de la ocurrencia de los hechos» en la forma que sostienen las acusaciones.

CONJUNTO DE LA PRUEBA
El magistrado, para dictar esta resolución, ha apreciado el conjunto de la prueba, incluido el resultado de las testificales y documentales aportadas a partir de la conclusión de las investigaciones policiales, «sobre las que se estiman subsistentes los indicios tanto respecto del móvil económico» como «de la ocasión y oportunidad buscadas para la ejecución del crimen».

Para el juez, se aprecia «de escasa consistencia» el intento que efectúa la defensa de construir una situación de «intento de composición de la relación familiar y societaria» a través de la intervención de terceros y ve «innegable» que las decisiones adoptadas en las Juntas de septiembre de 2016 de dos de las sociedades se produjeron en un clima de «crispado enfrentamiento» y afectaban directamente al acusado.

Asimismo, sostiene que hay «indicios suficientes» de que el acusado buscó y aprovechó la ocasión de dar muerte a su suegra, de acuerdo con las declaraciones de empleados del establecimiento, y califica de «inaudito» el intento de robo al que alude la defensa como móvil del crimen, ya que el autor ni se llevó el vehículo ni ningún efecto o dinero de la víctima.

Por último, hace referencia a la capacitación para el uso de armas del acusado y a las «lagunas» o «incongruencias», según el juez, en las declaraciones sobre los movimientos que realizó después de abandonar el lugar de los hechos.

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El Gobierno obligará a patinetes eléctricos a contratar un seguro a partir de esta fecha

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Seguro patinete eléctrico
En la imagen, una persona circula en un patinete bajo la lluvia en la ciudad de València. EFE / Manuel Lorenzo/Archivo

El Gobierno ha aprobado un proyecto de ley que introduce la obligación de contar con un seguro de responsabilidad civil para los propietarios de un patinete eléctrico. Además, se establecerá un registro para estos vehículos ligeros que deberá estar operativo antes del 2 de enero de 2026.

Asimismo, se ampliará la definición de vehículo de motor para incluir una amplia gama de maquinaria, como la agrícola y la de construcción. Los propietarios de estos equipos deberán contratar un seguro obligatorio del automóvil, con el objetivo de facilitar la resolución de siniestros.

A partir de ahora, se considerarán vehículos a motor aquellos que puedan alcanzar una velocidad máxima de fabricación superior a 25 kilómetros por hora o que tengan un peso neto superior a 25 kg y una velocidad máxima de fabricación de más de 14 km/h.

MÁS DE 2 MILLONES DE MÁQUINAS ASEGURADAS Y 200 MILLONES DE EUROS

En total, más de dos millones de máquinas deberán asegurarse, lo que representará un negocio de 200 millones de euros, de los cuales 30 millones repercutirán en los distribuidores, según la Fundación Inade.

El objetivo es «mejorar la cobertura, las indemnizaciones y la seguridad de las víctimas de accidentes de tráfico», según anunció la ministra de Educación y Formación Profesional y portavoz del Ejecutivo, Pilar Alegría.

El Gobierno ha dado luz verde a la ley que modifica el texto refundido de la ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor de 2004, colocando a España entre los países que han adoptado la última directiva europea aprobada en noviembre de 2021. Esta directiva aclara qué debe considerarse un vehículo a motor y el «hecho de la circulación».

EL SEGURO PARA PATINETES ELÉCTRICOS

Conforme a la jurisprudencia europea, el concepto de «hecho de la circulación» se amplía para incluir «toda utilización de un vehículo» en el momento del accidente, independientemente de sus características, el terreno y si el vehículo está parado o en movimiento.

La nueva legislación también introduce mejoras en el sistema de valoración de indemnizaciones por daños personales causados por accidentes de circulación, empleando un nuevo «baremo». Además, una comisión de expertos estudiará la conveniencia de un seguro obligatorio para los nuevos vehículos de movilidad personal.

El procedimiento para el cálculo y pago de indemnizaciones se agiliza, con el objetivo de lograr una resolución rápida sin necesidad de recurrir a los juzgados. Las coberturas se actualizarán conforme al Índice de Precios al Consumo.

INDEMNIZACIONES CUBIERTAS EN CASO DE INSOLVENCIA DE LA ASEGURADORA

La directiva también ordena que un fondo de garantía en cada país cubra las indemnizaciones a las víctimas en caso de insolvencia de la entidad aseguradora, tarea que en España corresponde al Consorcio de Compensación de Seguros.

La norma introduce cambios en la ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras, mejorando las facultades de control para garantizar la idoneidad de las personas que dirigen las aseguradoras y mediante la implementación de planes preventivos de recuperación.

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