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El Consell aprueba iniciar el procedimiento para la declaración de caducidad y resolución de la ATE

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El Consell ha aprobado el acuerdo para iniciar el procedimiento para la declaración de caducidad y resolución anticipada de la Actuación Territorial Estratégica (ATE) ‘Valencia, Club de fútbol’, promovida por esta Sociedad Anónima deportiva en el municipio de València.

El objeto de este acuerdo es el inicio de las actuaciones conducentes a la declaración de caducidad del expediente de la ATE ‘València Dinamiza’ y ordenar al órgano competente la instrucción y tramitación del expediente de declaración de caducidad.

El proyecto València Dinamiza, promovido por el València C.F. S.A.D, fue declarado Actuación Territorial Estratégica por acuerdo del Gobierno valenciano, en la reunión celebrada el 29 de junio de 2012.

Los hitos temporales y los compromisos asumidos por el promotor se encuentran definidos en este acuerdo del Consell, así como en la Resolución de 19 de febrero de 2015, aprobatoria del Plan de Actuación Territorial Estratégica ‘València Club de Fútbol’ y en los convenios de colaboración subscritos entre el promotor y las administraciones implicadas, en los que el promotor asumió de manera expresa una serie de compromisos y obligaciones, y acepto los objetivos temporales y las consecuencias derivadas de su incumplimiento.

Las administraciones implicadas pusieron en marcha un procedimiento ágil y simplificado y el promotor obtuvo de manera rápida los correspondientes permisos para llevar a cabo la actuación, con unas obligaciones muy definidas, así como las consecuencias de no cumplirlas.

Al incumplir el promotor estas obligaciones, en concreto lo que se refiere a plazos e hitos, la Ley 1/2012, de 10 de mayo, de la Generalitat establece la sustitución del promotor o la declaración de caducidad que comporta la resolución anticipada de la ATE.

Según un informe de la Abogacía General de la Generalitat, al resultar inviable la sustitución del promotor se tiene que proceder a la caducidad de la actuación con las consecuencias que esto comporta.

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El Valencia recurre las sentencias del TSJ que avalan caducar la ATE del Nou Mestalla

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Nuevo Mestalla
Vista general del Nou Mestalla. EFE/Kai Försterling/Archivo

València, 27 may (EFE).- El Valencia ha recurrido ante el Tribunal Supremo las dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunintat (TSJCV) que avalan la caducidad de la Actuación Territorial Estratégica (ATE) del Nou Mestalla a consecuencia de los diversos incumplimientos del club, confirmaron a EFE fuentes del proceso.

Según adelantó Radio Marca, la entidad valenciana ha recurrido la resolución que el pasado 12 de abril avaló la decisión de la Generalitat de no conceder al Valencia una ampliación de los plazos de la ATE del Nou Mestalla así como una segunda resolución que también respaldaba la decisión posterior del Consell de darla por caducada anticipadamente por los incumplimientos del club.

En dos sentencias, el TSJCV confirmaba que el club realizó diversos incumplimientos en este plan urbanístico de 2015 por lo que rechazaba los dos recursos del Valencia y recordó, principalmente, su obligación incumplida de construir en la fase 1 de la ATE un hotel icónico en la parcela del nuevo Ayuntamiento de la Avenida de Aragón.

Ese incumplimiento fue uno de los argumentos de la Conselleria de Economía Sostenible para, en noviembre de 2021, denegar la reorganización y la prórroga de las fases previstas para la ejecución de la ATE que pidió el Valencia y en su sentencia el TSJCV ratificó que el club “incumplió, por causas únicamente imputables a él y no al Ayuntamiento de València” su obligación de construir, “en el improrrogable plazo de tres años”, ese hotel.

Para el Valencia, la sentencia es ”arbitraria” e ”ilógica” puesto que se podrían haber tomado decisiones menos “gravosas” y denuncia la ”desproporcionalidad” de la actuación en una sentencia que da por incumplidas todas las obligaciones asumidas por el club en la Fase II de la ATE, incluida la finalización de las obras del Nou Mestalla y su puesta en marcha, algo que la propia entidad reconoció en un escrito en julio de 2021.

Los magistrados descartaban en la sentencia que esos incumplimientos se debieran a “dilaciones procedimentales” o “inactividad” imputables al Ayuntamiento de València.

 

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