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Detenido en Alicante un hombre egipcio por facilitar el regreso de terroristas de DAESH

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Agentes de la Comisaría General de Información de la Policía Nacional han detenido en Teulada (Alicante) a un hombre, de 46 años y nacionalidad egipcia, por su integración en la organización terrorista DAESH, enaltecimiento del terrorismo y adoctrinamiento del ideario salafista yihadista.

El detenido aprovechaba su posición privilegiada dentro de la Comunidad Islámica de la provincia de Alicante para difundir entre la misma contenidos que ensalzaban los atentados cometidos por la organización terrorista DAESH y menospreciando de forma cruel a sus víctimas. Además, utilizaba las redes sociales como instrumento para generar un relato de odio con la publicación de vídeos en los que líderes terroristas instaban a hacer la yihad violenta como método de adoctrinamiento a sus seguidores.

La labor principal del detenido era la de facilitar el regreso de terroristas de DAESH que habían decidido abandonar Siria e Irak, proveyéndoles de los lugares necesarios de tránsito y refugio, fundamentalmente en España, así como auxiliándoles en las labores de documentación y obtención de recursos económicos. El retorno de terroristas desde zonas de conflicto a suelo europeo constituye una de las principales amenazas tanto para la seguridad nacional como para la del entorno europeo.

Los investigadores habían comprobado que este individuo se había comprometido recientemente a traer a una familia desde Siria, donde uno de sus miembros habría fallecido combatiendo en las filas de DAESH. Para este fin les facilitaría el desplazamiento desde zona de conflicto a la frontera turca, y posteriormente les gestionaría la necesaria documentación falsa de tránsito desde Turquía a España. Las personas a las que pretendía ayudar tienen actualmente en vigor diversas Órdenes Internacionales de Detención (OID) por su integración en el grupo terrorista DAESH.

Además, el detenido hoy en Teulada (Alicante) pretendió obtener de manera fraudulenta cartas de invitación para dos personas con antecedentes policiales por su conexión con la organización terrorista con el objetivo de facilitarles la entrada desde Egipto a España.

La operación, que continúa abierta, se está desarrollando bajo la supervisión del Juzgado Central de Instrucción, Número 6, de la Audiencia Nacional y la coordinación de la Fiscalía de la Audiencia Nacional.

Desde el 26 de junio de 2015, fecha en el que el Ministerio del Interior elevó a 4 el Nivel de Alerta Antiterrorista (NAA), las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad han detenido a 159 terroristas yihadistas en operaciones realizadas en España y en el exterior y a un total de 204 desde principios de 2015.

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VÍDEO| Okupa presume en redes sociales tras tomar un chalé de lujo en la costa de Menorca

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Okupa Menorca chalé lujo

Una familia de okupas toma posesión de un chalé de lujo con vistas al mar en la costa de Menorca y lo presume en redes sociales.

La mujer okupa, que se ha instalado en el chalé junto a su familia, presenta el vídeo que ha grabado con estas palabras: «Hoy os voy a enseñar el chalé que he okupado, nuevo y a estrenar». El chalé se encuentra en la exclusiva urbanización de Coves Noves, en el norte de Menorca.

En su house tour, la mujer okupa ha decidido compartir con sus amistades todos los detalles de su nueva morada, mientras que el propietario del chalé ha presentado la correspondiente denuncia ante la Guardia Civil.

La okupa muestra orgullosa las diversas estancias del chalé, que «acaba de estrenar» y que cuenta con tres cuartos de baño, cuatro dormitorios y una moderna cocina, entre otras dependencias. También destaca los grandes ventanales con vistas al mar y los suelos de parqué.

VÍDEO| Okupa presume en redes sociales tras tomar un chalé de lujo en la costa de Menorca

 

En España, la ocupación de viviendas es un problema complejo que involucra varias leyes y procedimientos legales. La respuesta de la ley depende en gran medida de si la vivienda ocupada es la residencia habitual del propietario o una segunda vivienda. Aquí hay un resumen de cómo actúa la ley en estos casos:

1. Residencia Habitual:

  • Desalojo Rápido: Si la vivienda ocupada es la residencia habitual del propietario o de alguien que la usa regularmente (incluso si está vacía durante unas vacaciones, por ejemplo), la policía puede desalojar a los okupas de manera inmediata sin necesidad de una orden judicial.
  • Ley de Enjuiciamiento Criminal (Artículo 202): La ocupación de la vivienda habitual del propietario puede considerarse un allanamiento de morada, un delito penal que puede conllevar penas de prisión.

2. Segundas Viviendas o Propiedades Desocupadas:

  • Procedimiento Judicial: Para las segundas viviendas o propiedades desocupadas, el desalojo suele requerir un proceso judicial. El propietario debe presentar una denuncia, y el juez debe ordenar el desalojo.
  • Ley de Enjuiciamiento Civil (Juicio Verbal de Desahucio por Precario): Este procedimiento judicial permite a los propietarios solicitar el desalojo de okupas, aunque el proceso puede ser largo, a menudo tomando varios meses.
  • Reforma de 2018: Se introdujo un procedimiento acelerado para desalojar a los okupas, permitiendo a los propietarios y entidades públicas solicitar un desalojo rápido en casos de ocupación ilegal.

3. Medidas Penales y Administrativas:

  • Multas y Penas de Prisión: Además de la posible pena de prisión por allanamiento de morada, los okupas pueden enfrentarse a multas. En algunos casos, si se demuestra que hay daños a la propiedad o comportamientos ilícitos adicionales, las penas pueden ser más severas.
  • Responsabilidad del Propietario: A veces, los propietarios también pueden enfrentar sanciones si no aseguran adecuadamente sus propiedades, aunque esto es menos común.

4. Protección de los Derechos de los Ocupantes:

  • Diferencias entre Ocupas y Personas Vulnerables: La ley hace distinciones entre okupas que ocupan ilegalmente propiedades por lucro o por necesidad y personas en situación de vulnerabilidad. Las segundas pueden recibir una consideración diferente en los tribunales, especialmente si hay menores o personas dependientes involucradas.
  • Intervención de Servicios Sociales: En algunos casos, los servicios sociales pueden intervenir para proporcionar asistencia a las personas vulnerables ocupantes, buscando soluciones habitacionales alternativas.

5. Procedimientos Preventivos:

  • Seguridad Privada: Algunos propietarios optan por contratar seguridad privada para vigilar sus propiedades y evitar ocupaciones.
  • Medidas Cautelares: Los tribunales pueden imponer medidas cautelares para proteger las propiedades en riesgo de ser ocupadas.

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